Mision, visión y objetivos
Compete al MINISTERIO DE SALUD asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la salud de la población y a la promoción de conductas saludables de la comunidad y, en particular:
-
Ejercer el control tutelar de los establecimientos sanitarios públicos nacionales.
-
Entender en el ejercicio del poder de policía sanitario en lo referente a productos, tecnologías, equipos, instrumental y procedimientos vinculados con la salud.
-
Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia destinados a la mejora de la calidad y al logro de la equidad de los sistemas de salud, garantizando a la población el acceso a los bienes y servicios de salud.
-
Ejecutar planes y programas que tengan por objeto el desarrollo del talento humano, el conocimiento, su difusión y la atención primaria de la salud.
-
Entender en la planificación global del sector salud, coordinando con las autoridades sanitarias de las jurisdicciones provinciales y del Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES las acciones a desarrollar en el marco de un Sistema Federal de Salud consensuado.
-
Entender en la elaboración de las normas destinadas a regular los alcances e incumbencias para el ejercicio de la medicina, la odontología y profesiones afines, garantizando la accesibilidad y la calidad de la atención médica.
-
Intervenir en la fiscalización del estado de salud de los aspirantes a ingresar en la Administración Pública Nacional y de aquellos que ya se desempeñan en la misma.
-
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el estudio, reconocimiento y evaluación de las condiciones ambientales de los lugares destinados a realizar tareas, cualquiera sea su índole o naturaleza, con presencia circunstancial o permanente de personas físicas.
-
Intervenir en la elaboración de las normas reglamentarias sobre medicina del trabajo y medicina del deporte.
-
Entender en la fiscalización médica de la inmigración y la defensa sanitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y de medios de transporte internacional.
-
Intervenir en la radicación de las industrias productoras de productos, tecnología, equipos, instrumental y procedimientos vinculados con la salud.
-
Entender en el dictado de normas y procedimientos de garantía de calidad de la atención médica.
-
Intervenir en la aprobación de los proyectos de los establecimientos sanitarios que sean construidos con participación de entidades públicas o privadas.
-
Entender en la coordinación, articulación y complementación de sistemas de servicios de salud estatales del ámbito nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipal, de la seguridad social y del sector privado.
-
Entender en la organización, dirección y fiscalización del Registro de Establecimientos Sanitarios Públicos y Privados.
-
Intervenir en la fiscalización de todo lo atinente a la elaboración, distribución y comercialización de los productos medicinales, biológicos, drogas, dietéticos, alimentos, insecticidas, de tocador, aguas minerales, hierbas medicinales y del material e instrumental de aplicación médica, en coordinación con los Ministerios pertinentes.
-
Intervenir en la corrección y eliminación de las distorsiones que se operen en el mercado interno de productos medicinales.
-
Intervenir en las acciones destinadas a promover la formación y capacitación de los recursos humanos destinados al área de la salud.
-
Entender en el diseño, la ejecución y la coordinación de acciones destinadas a promover la estrategia de Atención Primaria de la Salud.
-
Intervenir en la normatización, registro, control y fiscalización sanitaria y bromatológica de alimentos, en el ámbito de su competencia.
-
Entender y fiscalizar la distribución de subsidios a otorgar con fondos propios a las entidades públicas y privadas que desarrollen actividades de medicina preventiva o asistencial.
-
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la asignación y control de subsidios tendientes a resolver problemas de salud en situaciones de emergencia y necesidad, no previstos o no cubiertos por los sistemas en vigor.
-
Intervenir en la elaboración y desarrollo de programas integrados de seguridad social en los aspectos relacionados con la salud.
-
Entender en la actualización de las estadísticas de salud y los estudios de recursos disponibles, oferta, demanda y necesidad, así como en el diagnóstico de la situación necesaria para la planificación estratégica del sector salud.
-
Entender en la normatización y elaboración de procedimientos para la captación y el procesamiento de datos sanitarios producidos a nivel jurisdiccional, efectuar su consolidación a nivel nacional y difundir el resultado de los mismos.
-
Entender en la difusión e información sobre los servicios sustantivos de salud a los destinatarios de los mismos para disminuir las asimetrías de información.
-
Entender en el desarrollo de estudios sobre epidemiología, economía de la salud y gestión de las acciones sanitarias con el objeto de mejorar la cobertura, accesibilidad, equidad, eficiencia, eficacia, calidad y seguridad de las organizaciones prestatarias de salud.
-
Entender en la regulación de los planes de cobertura básica de salud.
-
Entender en las relaciones sanitarias internacionales y en las relaciones de cooperación técnica con los organismos e instituciones internacionales de salud.
-
Entender en la formulación y promoción de planes tendientes a la reducción de inequidades en las condiciones de salud de la población, en el marco del desarrollo humano integral y sostenible, mediante el establecimiento de mecanismos participativos y la construcción de consensos a nivel federal, intra e intersectorial.
-
Intervenir con criterio preventivo en la disminución de la morbilidad por tóxicos y riesgos químicos en todas las etapas del ciclo vital.
-
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la promoción de la educación sanitaria a través de las escuelas primarias, secundarias o especiales, y de la educación superior para crear conciencia sanitaria en la población, en coordinación con el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
-
Entender en la elaboración de los programas materno-infantiles, tanto en el ámbito nacional como interregional, tendientes a disminuir la mortalidad infantil.
-
Entender en la elaboración de los planes destinados a la prevención y detección de enfermedades endémicas y de enfermedades no transmisibles.
-
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo de programas preventivos y de promoción de la salud, tendientes a lograr la protección de las comunidades aborígenes.
-
Entender en el control, la vigilancia epidemiológica y la notificación de enfermedades.
-
Entender en la programación y dirección de los programas nacionales de vacunación e inmunizaciones.
-
Entender, en el ámbito de su competencia, en la elaboración, ejecución, desarrollo y fiscalización de programas integrados que cubran a los habitantes en caso de patologías específicas y grupos poblacionales determinados en situación de riesgo.
-
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de normas, políticas y programas vinculados con la discapacidad y rehabilitación integral, en coordinación con la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
-
Entender en la elaboración, aplicación, ejecución y fiscalización de los regímenes de mutuales y de obras sociales comprendidas en las Leyes Nros. 23.660 y 23.661.
-
Entender, en el ámbito de su competencia, como autoridad de aplicación de la Ley N° 26.682.
-
Entender en la formulación de políticas y estrategias de promoción y desarrollo destinadas a prevenir o corregir los efectos adversos del ambiente sobre la salud humana, en forma conjunta con otros organismos dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL con competencia en la materia.
-
Entender en lo referente a los determinantes de la salud en coordinación con los ministerios con competencia en la materia.
-
Desarrollar las actividades necesarias en relación con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células.
-
Entender en lo referente a los laboratorios nacionales de salud pública.
-
Entender en las relaciones sanitarias nacionales y en las relaciones de cooperación con organismos e instituciones nacionales de salud.
-
Entender en el diseño y ejecución de políticas públicas para la prevención y tratamiento relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas.
-
Ejercer el control tutelar de los organismos descentralizados actuantes en su órbita.
Fuente: Artículo art. 4° del Decreto 8/2023.