Registro de Electrodependientes Hospital Posadas
INFORMACIÓN PARA PROFESIONALES DE SALUD.
- Descargar instructivo de inscripción/ renovación en RECS - modalidad TAD.
Trámite de inscripción/renovación en RECS
La única forma de iniciar el trámite de inscripción o de renovación en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud será de manera digital a través de Trámites a Distancia.
Documentación necesaria
- DNI (frente y dorso) del/la paciente Electrodependiente.
- Factura del servicio eléctrico del domicilio donde reside el/la paciente Electrodependiente. La misma debe coincidir con la declarada en formulario de inscripción y en el DNI.
- Certificación médica con firma y sello del médico tratante.
- Constancia de CUIL del/la paciente Electrodependiente.
- Factura del servicio eléctrico del domicilio donde reside el/la paciente Electrodependiente. La misma debe coincidir con la declarada en formulario de inscripción.
- Certificación de domicilio: se deberá presentar en casos donde el domicilio del Electrodependiente no coincida con el que figura en DNI.
- Documentación que acredite el vínculo, en caso de que un tercero (madre, padre, tutor o persona a cargo) realice el trámite.
- Formulario RECS.
Mesa de ayuda
• Teléfono: 011 5365-8340 de 10:00 a 16:00.
• Correo electrónico: documentacionrecs@msal.gov.ar
• Salud Responde: 0800-222-1002, opción 9, de lunes a viernes de 9:00 a 21:00 / Fines de semana y feriados de 9:00 a 18:00.
- Más información Registro de personas Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS).
¿Qué es la Electrodependencia?
Es la condición de las personas que, por su salud, necesitan un equipamiento con suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para el funcionamiento de su equipamiento médico a fin de evitar riesgos en su vida o su salud.
¿Cuál es la Ley Nacional de Electrodependientes y de qué trata?
Es la Ley N° 27.351, que garantiza el suministro permanente y el componente eléctrico nacional gratuito de energía eléctrica a las personas Electrodependientes. Sus normas complementarias son el Decreto 740/2017 (establece que el Ministerio de Economía será la autoridad de aplicación de la ley) y la
Resolución 97/2021 ENRE (establece que las personas Electrodependientes podrán solicitar al ENRE el financiamiento de obras de adecuación de las instalaciones eléctricas domiciliarias estrictamente necesarias).
El artículo 8° de la Ley establece que el Ministerio de Salud de la Nación, a través de sus organismos pertinentes, creará y tendrá a su cargo el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud.
Normativa
Ley 27.351 - Electrodependientes- Beneficio – Registro
- Decreto 740/2017 Autoridad de Aplicación- Establécese que el Ministerio de Energía y Minería será la Autoridad de aplicación de la Ley N° 27.351.
- Resolución No 97/2021 - El ENRE habilitó a los usuarios Electrodependientes a solicitar financiamiento para las obras de adecuación destinadas a conectar las Fuente Alternativa de Energía (FAE) en condiciones de seguridad eléctrica. Esta Resolución atañe únicamente a usuarios de EDENOR y EDESUR.
- Resolución Ministerial N° 1538/17: - Creación del Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS). Anexo I se establecen los requisitos para ser inscripto en el Registro, a saber: “Se consideran equipos médicos, en el contexto de la Ley, aquellos dispositivos cuya ausencia o mal funcionamiento implican un riesgo para la vida o para la salud. Equipos de soporte de vida: -Equipos relacionados al soporte de la ventilación invasiva y los de ventilación no invasiva (VNI). -Diálisis peritoneal au-
tomatizada (DPA) domiciliaria. -Bomba de infusión continúa, bomba de alimentación enteral o parenteral”.