Registro de Operadores de Biocombustibles y Mezcladores/ Resolución SE N° 689 / 2022 y sus modificatorias
Todas las consultas relacionadas al Registro de Operadores de Biocombustibles y Mezcladores/ Resolución SE N° 689/2022 y sus modificatorias, podrán ser canalizadas a través de la Coordinación de Seguimiento Económico y Registros, de la Dirección Nacional de Economía y Regulación, al mail: [email protected]
Inscripción/Reinscripción
Las empresas deberán inscribirse/reinscribirse presencialmente por Mesa de Entradas de la Secretaría de Energía sita en Balcarce 186, CABA, o enviando la documentación vía mail indicándose en el mismo que corresponde a la inscripción / reinscripción en el Registro de la Resolución SE N° 689/2022 y sus modificatorias, a la casilla [email protected]
La reinscripción anual deberá ser presentada antes del 31 de mayo de cada año (Artículo 2° de la Resolución SE N° 689/2022).