Presidencia de la Nación

Preguntas Frecuentes sobre PROCER


Si formás parte de una universidad estatal nacional o provincial podés financiar con Aportes No Reembolsables (ANR) tu proyecto destinado a crear, fortalecer, adquirir equipamiento o asistencia técnica y gastos de un Centro Universitario PyME (CUP).

PROCER - CUP 2022

¿Quiénes pueden presentar proyectos a esta convocatoria?

Las universidades estatales nacionales y provinciales, debidamente acreditadas que forman parte del sistema educativo nacional, con experiencia en el acompañamiento y soporte técnico a las MiPyMEs locales, acorde con los objetivos que se pretenden en las bases y condiciones de la convocatoria.
Podrán presentarse tanto las universidades que cuenten con un CUP creado así como aquellas que vienen desarrollando acciones de apoyo al sector productivo pero que aún no cuentan con un área específica y tienen como proyecto formalizar e institucionalizar ese ámbito.

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¿Qué tipo de proyectos se puede presentar?

Los proyectos deberán estar dirigidos a la creación y/o fortalecimiento de un Centro Universitario PYME - CUP, a la asistencia técnica a las MiPyMEs, y la adquisición y puesta en marcha de equipamiento necesario para que el CUP creado incorpore valor agregado.

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¿Cómo se clasifican los proyectos?

Los proyectos presentados por las universidades se clasifican en tres modalidades y deberán contemplar los siguientes requisitos:

  • Modalidad 1: que no cuenten con un CUP o área específica de vinculación con el entramado productivo local, y tengan como proyecto formalizar e institucionalizar ese ámbito o aquellas que cuenten con un área específica y no presentaron un proyecto a la convocatoria “PROCER-UNIVERSIDADES”- (Resolución SEPYME N° 139 de fecha 9 de noviembre de 2020).
  • Modalidad 2 y 3: que cuenten con un CUP en funcionamiento, se hayan presentado a la convocatoria “PROCER-UNIVERSIDADES” (Resolución SEPYME N° 139 de fecha 9 de noviembre de 2020) y hayan recibido y ejecutado en su totalidad o tengan en ejecución un ANR recibido en el marco de dicha convocatoria.

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¿Qué actividades se podrán planear en cada una de las modalidades?

Modalidad 1

  1. Creación o fortalecimiento de un CUP, para brindar soporte técnico y/o acompañamiento a las MiPyMEs del territorio.
  2. Capacitaciones y asistencia técnica en formulación de proyectos de al menos 15 MIPyMEs .
  3. Contribuir al fortalecimiento del vínculo entre la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, el CUP y las MIPyMES.
  4. Desarrollo y puesta en marcha de una política de promoción del CUP a través de redes sociales y página web.

Modalidad 2

  1. Fortalecimiento de un CUP creado para que pueda ampliar el soporte técnico y/o acompañamiento a las MiPyMEs del territorio.
  2. Capacitaciones y asistencia técnica en formulación de proyectos de al menos 25 MIPyMEs.
  3. Contribuir al fortalecimiento del vínculo entre la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, el CUP y las MIPyMES.
  4. Desarrollo y puesta en marcha de una política de promoción del CUP a través de redes sociales y página web.

Modalidad 3

La adquisición y puesta en marcha de equipamiento necesario para que el CUP de la entidad beneficiaria incorpore valor agregado con el objetivo de:

  1. Fortalecer la integración de las actividades del CUP con las MiPyMEs del sector productivo.
  2. Posibilitar el acceso gratuito a las MiPyMEs al equipamiento para ampliar y/o mejorar su productividad y/o competitividad.

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¿Cuál es el financiamiento de cada modalidad?

Modalidad 1: el monto total del ANR por proyecto no podrá exceder la suma de $12 millones por CUP.

Modalidad 2: el monto total del ANR por proyecto no podrá exceder la suma de $15 millones por CUP.

Modalidad 3: el monto total del ANR por proyecto no podrá exceder la suma de $30 millones CUP.

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¿Qué actividades son elegibles?

Modalidades 1 y 2

  • Contratación de consultores: un consultor que actúe como coordinador del proyecto y consultores que actúen en calidad de administrativos.
  • Contratación de consultores para: i) Asistencia técnica, capacitación y elaboración de herramientas destinadas a fortalecer las capacidades de las cadenas de valor prioritarias de alcance territorial del área que involucran a las MiPyMEs ii) la incorporación de metodología específica en la intervención/abordaje territorial, profundización de diagnósticos y iii) asistencia técnica vinculada al RADAR y al asesoramiento, formulación y eventual presentación de proyectos en algunos de los programas que tuviera vigente la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo u otros programas de organismos o instituciones públicas nacionales, provinciales o municipales.
  • Contratación de consultores para: i) desarrollo de un plan de comunicación y marketing, ii) desarrollo y/o adaptación de página web y redes sociales.
  • Contratación de recurso humano responsable de la implementación del plan de comunicación y marketing y del manejo de redes, comunicación, página institucional del CUP, quien deberá interactuar con la Secretaría para la coordinación de acciones de difusión.
  • Contratación de consultores para desarrollo o adaptación de plataformas de vinculación.
  • El proyecto podrá contemplar la adquisición de bienes de capital tangibles e intangibles (equipamiento informático menor como computadoras, impresoras, scanners, etc. y/o software) exclusivamente orientado a aumentar las capacidades de la Entidad Beneficiaria para brindar servicios a las MiPyMEs. No podrá superar el 20% de ANR otorgado.

Modalidad 3

  • La adquisición de bienes de capital, tangibles e intangibles (como tecnologías o licencias asociadas a software o hardware) para brindar servicios a las MiPyMEs.
  • Gastos de puesta en funcionamiento del equipo adquirido (sólo se financiarán la instalación, puesta en marcha y calibración de los equipos, artefactos o tecnologías adquiridos así como la adquisición de insumos y/o materiales necesarios para la puesta en punto). Se podrán incluir actividades de adecuación, adaptación, integración, instalaciones eléctricas, neumáticas, etc. necesarios para la puesta en marcha de los equipos.
  • Servicios de asistencia técnica, capacitación o consultoría para poner en marcha los equipamientos adquiridos y capacitar al personal de la Entidad Beneficiaria en su uso.
  • Contratación de personal idóneo destinado al uso del equipamiento en beneficio de las MIPyMES que lo soliciten.
  • Contratación de consultores para acompañar a las MiPyMEs con asistencia técnica vinculada al RADAR y al asesoramiento, formulación y eventual presentación de proyectos en programas que tuviera vigente la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo así como en programas de otros organismos o instituciones públicas nacionales, provinciales o municipales.

¿Cuál es el período de vigencia de la convocatoria?

La presente convocatoria es de modalidad abierta y estará vigente hasta el 13 de enero de 2023 o hasta agotar el monto total destinado a su ejecución, lo que ocurra primero.

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¿Cuál es la duración de los proyectos?

Los proyectos tendrán un plazo de ejecución máximo de hasta 6 meses corridos contados a partir de la fecha de firma del convenio o hasta el 15 de octubre de 2023, lo que ocurra primero.

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¿Cómo se realiza el seguimiento de los proyectos?

La entidad beneficiaria elevará en el formulario de proyecto un cronograma de implementación de las actividades propuestas y la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa hará un seguimiento continuo sobre la ejecución de dichas actividades.

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¿Cómo se realiza la presentación de la rendición de cuentas?

La rendición final de cuentas deberá ser remitida vía TAD dentro del plazo máximo de 60 días corridos contados desde la finalización de la última actividad proyectada, junto con la siguiente documentación:

  • Planilla de Rendición de Cuentas de ANR-PROGRAMA PROCER
  • Facturas, remitos, recibos y comprobantes de transferencia bancaria a cada proveedor y/o consultor
  • Producto verificable de la inversión realizada
  • Informe de ejecución de aporte local y documentación respaldatoria, en caso de corresponder
  • Informe final de ejecución del proyecto

Toda la documentación respaldatoria de los desembolsos del proyecto deberá poseer fecha posterior a la firma del convenio.

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¿Cuándo y cómo se da por finalizado el proyecto?

Con la aprobación de la rendición final de cuentas por parte de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa.

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