Preguntas Frecuentes (RTO)
Preguntas frecuentes
Ante un siniestro, ¿debo volver a realizar la RTO?
SI. Debe llevarse inmediatamente a un taller de RTO para que determinen nuevamente que las condiciones de seguridad sean las óptimas.
¿Hay un plazo de gracia para circular con la RTO vencida?
- Si circula dentro de la jurisdicción: NO
- Si circula fuera de la jurisdicción: 2 meses
¿Pueden retenerme el registro de conductor por circular sin RTO?
Sí, de acuerdo a lo establecido por los artículos 72 y 72 bis de la Ley Nacional de Tránsito.
Pérdida del certificado
Si se extravía el certificado, se rompe el parabrisas, se daña el mismo, o bien, pierde la Oblea; deberá presentarse en la planta donde realizó la RTO, con denuncia o exposición policial de su pérdida, y se le repondrá la documentación. En caso de haber sufrido un siniestro se podrá informar en el momento para hacer una nueva inspección.