Presidencia de la Nación

Seguridad Privada


Para prestar servicios de seguridad privada en el ámbito aeroportuario se debe contar obligatoriamente con la habilitación otorgada por la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

Los requisitos para la habilitación se encuentran comprendidos en el “Reglamento de Regulación de los Servicios de Seguridad Privada en el Ámbito Aeroportuario”, aprobado por el Decreto N°157/06 (t.o. 2010)

Requisitos para la habilitación de personas físicas

Requisitos para la habilitación de personas jurídicas

Normativa Aplicable

Empresas Habilitadas al 21 de noviembre

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