En caso de fallecimiento de la persona titular, tienen derecho a cobrar la pensión su madre o padre (si estaban a cargo y no cobran otra prestación), cónyuge, conviviente, hijos menores de edad o con discapacidad sin límite de edad.
La madre o padre de los veteranos de guerra fallecidos en combate. Podrán acceder a la prestación con la sola acreditación del vínculo.
Importante
Los titulares de esta pensión tienen derecho a:
Asignación Familiar por Cónyuge
Asignación Familiar por Prenatal
Asignación Familiar por Hijo o Hijo con Discapacidad
Ayuda Escolar Anual
Asignación Familiar por Matrimonio
Asignación por Nacimiento y Adopción
¿A quién está dirigido?
- Ex soldados combatientes conscriptos que participaron en efectivas acciones bélicas de combate en el conflicto del Atlántico Sur.
- Civiles que se encontraban cumpliendo funciones en los lugares en los que se desarrollaron estas acciones.
- Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que se encontraban en situación de retiro o baja voluntaria u obligatoria, esta última mientras no se hubiera dado en las situaciones a que se refiere el art. 6º del Decreto Nº 1357/04 y que estuvieran destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS).
- Madre o padre de los veteranos de guerra fallecidos en combate, podrán acceder a la prestación con la sola acreditación del vínculo.
¿Qué necesito?
DNI original.
Constancia de condición de veterano de guerra extendida por la fuerza a la que perteneció y certificada por el Ministerio de Defensa (validez de 30 días, si fue solicitado en delegaciones del interior del país, puede prorrogarse hasta 60 días).
Certificado de antecedentes penales (validez de 5 días desde que es expedido).
Si residís en Zona Austral y tu domicilio no coincide con el documento, constancia de domicilio actualizado, certificado policial o boletas de servicios.
Formulario - “Declaración Jurada sobre la eventual Percepción de Prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad” (PS.6.284.
¿Cómo hago?
Reuní toda la documentación personal y familiar correspondiente.
Ingresá en Atención Virtual con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social y elegí la opción Solicitar asistencia para inicio de Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra para comenzar tu trámite.
Este trámite también podés realizarlo de forma presencial en una oficina de ANSES con turno previo. Recordá llevar la documentación requerida.
Tené en cuenta
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires el trámite es sin turno y se realiza en Paraná 451, PB, CABA.
En el resto del país este trámite se realiza con turno previo.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito