Presidencia de la Nación

Obtener un Permiso de Ingreso Transitorio para Académicos

Artículo 24°-, inciso "f" de la Ley 25.871.


Extranjeros que sean requeridos con el fin de realizar actividades académicas al amparo de acuerdos suscriptos entre Instituciones de educación superior en áreas especializadas y bajo responsabilidad del centro o institución contratante.

¿A quién está dirigido?

Puede ser solicitado por:

EL REQUIRENTE: Debidamente inscripto en el Registro Nacional Único de Requirentes (ReN.U.R.E.).

EL APODERADO DEL REQUIRENTE: Con poder/designación con facultades suficientes (ante escribano público o funcionario de la DNM).

¿Qué necesito?

DEL REQUIRENTE:

  • Constancia de Inscripción en el Re.N.U.R.E. (sin el Registro Nacional Único de Requirentes que iría arriba en la primera mención al organismo) (original y copia).
  • Constancia de CUIT.
  • Constancia de Inscripción y último pago impositivo y de IVA, Ingresos Brutos y Ganancias (No deberá presentarlos en caso de tratarse de un Gran contribuyente Nacional). (original y copia).

DEL APODERADO:

  • Poder otorgado por el requirente, con facultades suficientes para actuar ante este la DNM. (original y copia).
  • DNI vigente del apoderado (original y copia).

DEL INGRESANTE:

1 - Nota de solicitud detallando los motivos de la petición, conteniendo los siguientes datos del ingresante:

  • Nombres y Apellidos.

  • Fecha de Nacimiento.

  • Número de pasaporte.

  • País de nacimiento.

  • Nacionalidad.

  • Estado civil.

  • Profesión.

  • Nivel de estudios cursados.

  • País y ciudad donde reside.

  • Plazo de permanencia pretendido.

  • Consulado donde visará su pasaporte (Consulado Argentino en el país de origen, o en donde resida legalmente).

  • Domicilio donde residirá el extranjero durante su estadía en nuestro país.

  • Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).

  • Descripción de las tareas a desarrollar por el extranjero en el Territorio Nacional y su relación con la actividad de la firma requirente.

  • Actividad que desarrolla la empresa/ Institución donde presta servicios el ingresante, indicando el nombre de la misma y cargo que ocupa el ingresante.

  • Si el ingresante visitó anteriormente la República indicar fecha y motivos.

La nota de solicitud deberá ser firmada por el requirente y contar con la certificación de la misma por escribano público. De presentarse el requirente a solicitar el Permiso de Ingreso, éste podrá suscribir la solicitud en presencia del agente migratorio, quien certificará su firma.

2 - Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.
3 - Contrato suscrito, firmado por la parte contratante, ante escribano público.
4 - Currículum Vitae del extranjero.

Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados por los interesados.

Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por traductor público nacional (de corresponder).

¿Cómo hago?

1

Para trámites en Sede Central, solicitá turno escribiendo a [email protected].

Debés presentar la Nota de Solicitud y la totalidad de la documentación requerida ante el Departamento de Tramitación de Ingresos de la Sede Central de la Dirección Nacional de Migraciones, o ante la delegación DNM que corresponda según el domicilio del requirente.

2

Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrás seguir el estado de tu trámite

3

Una vez resuelto el trámite, debés presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarse del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia

12 meses

Residencia transitoria por un plazo de hasta DOCE (12) meses.



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