Presidencia de la Nación

Obtener un Permiso de Ingreso Temporario como Estudiante de Enseñanza Oficial

Artículo 23°, inciso "j" de la Ley 25.871 y Artículo 7° de la Disposición DNM N° 2802/2023.


Aquel extranjero que sea requerido en la REPÚBLICA ARGENTINA por estar inscripto como alumno regular en un establecimiento educativo público o privado perteneciente al sistema de enseñanza oficial, a fin de cursar estudios oficialmente reconocidos de nivel secundario, terciario, universitario o de posgrado.

¿A quién está dirigido?

Puede ser solicitado por:

El REQUIRENTE: Entidad educativa debidamente inscripta en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.)

El APODERADO DEL REQUIRENTE: Con poder/designación con facultades suficientes (ante escribano público o funcionario de la Dirección Nacional de Migraciones).

¿Qué necesito?

DEL REQUIRENTE:

  • Constancia de Inscripción en Re.N.U.R.E. (original y copia).

DEL APODERADO:

  • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante la Dirección Nacional de Migraciones, (original y copia).
  • DNI vigente del apoderado (original y copia).

DEL INGRESANTE:

  • Constancia de inscripción electrónica al curso pretendido suscrita por el responsable de la entidad educativa, que se encuentre registrado ante el Re.N.U.R.E. para tales fines.

  • Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.

En el caso de estudiantes menores, deberán presentar autorización de sus padres y acreditar la designación de un representante legal en el territorio nacional.

Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados por los interesados.

Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por traductor público nacional (de corresponder).

¿Cómo hago?

1

Para trámites en Sede Central, solicitá turno escribiendo a [email protected].

Presentá la nota de solicitud con documentación correcta y completa en la Dirección Nacional de Migraciones (Av. Antártida Argentina 1355, CABA) o en las Delegaciones de todo el país.

2

Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrás seguir el estado de tu trámite.

3

Una vez resuelto el trámite, debés presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarte del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia

1 años

Residencia temporaria por un plazo de hasta UN (1) año.



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