Presidencia de la Nación

Obtener un Permiso de Ingreso Temporario como Científico, Personal Especializado y Personal de Traslado

Artículo 23, inciso "e" de la Ley 25.871.


Extranjeros que se dediquen a actividades científicas, técnicas, de investigación o de asesoría, que sean requeridos bajo contratación por entidades públicas o privadas para efectuar trabajos de su especialidad.
De igual forma, directivos, técnicos y personal administrativo de entidades públicas o privadas extranjeras de carácter comercial o industrial, trasladados desde el exterior para cubrir cargos específicos en sus empresas y que devenguen honorarios o salarios en la República Argentina.

¿A quién está dirigido?

Puede ser solicitado por:

El REQUIRENTE: Debidamente inscripto en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E)

El APODERADO DEL REQUIRENTE: Con poder/designación con facultades suficientes (ante escribano público o funcionario de la DNM).

¿Qué necesito?

DEL REQUIRENTE:

  • Constancia de Inscripción en el Re.N.U.R.E. (original y copia).
  • Constancia de CUIT.
  • Constancia de Inscripción, y últimos 3 pagos de IVA, Ingresos Brutos y Ganancias (No deberá presentarlos en caso de tratarse de un gran contribuyente nacional en original y copia).

DEL APODERADO:

  • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante la DNM (original y copia).
  • DNI vigente del apoderado (original y copia).

DEL INGRESANTE:
1 - Nota de solicitud detallando los motivos de la petición, conteniendo los siguientes datos de ingresante:

  • Nombres y Apellidos.

  • Fecha de Nacimiento.

  • Número de pasaporte.

  • País de nacimiento.

  • Nacionalidad.

  • Estado civil.

  • Profesión.

  • Nivel de estudios cursados.

  • País y ciudad donde reside.

  • Plazo de permanencia pretendido.

  • Consulado donde visará su pasaporte (Consulado Argentino en el país de origen, o en donde resida legalmente).

  • Domicilio donde residirá el extranjero durante su estadía en el país.

  • Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).

  • Descripción de las tareas a desarrollar por el extranjero en el Territorio Nacional y su relación con la actividad de la firma requirente.

  • Actividad que desarrolla la empresa donde presta servicios, indicando el nombre de la misma y cargo que ocupa. Si el ingresante visitó anteriormente la República, indicar fecha y motivos.

La nota de solicitud deberá ser firmada por el Requirente y contar con la certificación de la misma por Escribano Público. De presentarse el requirente a solicitar el Permiso de Ingreso, éste podrá suscribir la solicitud en presencia del agente migratorio, quien certificará su firma.

2 - Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente.

3 - Si el extranjero fuera a ingresar con el fin de dedicarse a actividades científicas, técnicas, de investigación o de asesoría y fuera contratado por entidades públicas o privadas para realizar trabajos de su especialidad deberá acompañar:

  • Contrato de trabajo ofrecido, suscripto únicamente por el empleador ante escribano público, con cláusulas que suspendan su inicio hasta tanto el extranjero se encuentre migratoriamente habilitado para trabajar y también deberá constar en el mismo el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable.

  • Título de la especialidad alcanzada, con sus respectivas legalizaciones y, de corresponder, debe contar con traducción realizada por traductor público nacional y ser legalizada por el colegio de traductores correspondiente.

  • Curriculum Vitae del ingresante.

4 - Si el extranjero fuera a ingresar como directivo, técnico o personal administrativo de entidades públicas o privadas extranjeras de carácter comercial o industrial y fuera trasladado desde el exterior para cubrir cargos específicos en su empresa y que devenguen honorarios o salarios en la República Argentina, deberá acompañar:

  • Nota de traslado y constancia que acredite el vínculo con la entidad empleadora. Deben contar con sus respectivas legalizaciones, y de corresponder, debe contar con traducción realizada por traductor público nacional y ser legalizada por el colegio de traductores correspondiente.

Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados por los interesados.

Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por traductor público nacional (de corresponder).

¿Cómo hago?

1

Para trámites en Sede Central, solicitá turno escribiendo a [email protected].

Debés presentar la Nota de Solicitud y la totalidad de la documentación requerida ante el Departamento de Tramitación de Ingresos de la Sede Central de la Dirección Nacional de Migraciones, o ante la delegación DNM que corresponda según el domicilio del requirente.

2

Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrás seguir el estado de tu trámite

3

Una vez resuelto el trámite, debés presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarte del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia

2 años

Residencia temporaria de hasta DOS (2) años.



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