En el botón de “PEDIR TURNO” se podrán seleccionar aquellas autoridades de registro que tengan definido días y horarios disponibles.
Para consultas referidas a la AR-MODERNIZACIÓN comunicarse con la cuenta: [email protected].
Para el resto de las autoridades de registro comunicarse con la que corresponda según el trámite: Ver listado
Los certificados que se otorgan de la AC-ONTI (con token) o de la AC-MODERNIZACIÓN (sin token) son únicamente para personas humanas. Ambas tienen la misma validez jurídica.
La firma digital remota (sin token) sirve únicamente para firmar digitalmente archivos en formato PDF a través del Firmador.
Es una herramienta tecnológica que nos permite asegurar la autoría de un documento o mensaje y verificar que su contenido no haya sido alterado. La firma digital otorga: validez jurídica, autenticidad e integridad del documento y seguridad.
¿Qué necesito?
Tener acceso a una cuenta de correo electrónico al momento de concurrir a la Autoridad de Registro a realizar el trámite.
Tener un teléfono inteligente con una aplicación instalada para generar el OTP (One Time Password).
Esta app te permitirá generar contraseñas temporales que utilizarás como uno de los tres (3) mecanismos de autenticación.
Documento Nacional de Identidad (DNI) y tener número de CUIL o CUIT.
¿Cómo hago?
Sacá un turno en la Autoridad de Registro más cercana o consulta en AR con turnero propio. Consultá el listado de todas las Autoridades de Registro del país: Listado de Autoridades de Registro.
Si usted solicitó un certificado de firma digital en una Autoridad de Registro privada de la AC-Modernización-PFDR, sólo podrá gestionar el cambio de clave u OTP en la misma Autoridad de Registro que le aprobó su certificado.
El Oficial de Registro te solicitará la documentación requerida, te tomará los datos biométricos y te guiará en el proceso.
Una vez finalizado el trámite, podés firmar digitalmente a través del FIRMADOR de la Plataforma de Firma Digital Remota (PFDR).
Recuerde:
La Autoridad Certificante no percibe aranceles por ninguno de los servicios que pudiera brindar. Consecuentemente con ello debe resguardarse la gratuidad de la emisión, renovación y revocación de los certificados Resolución Ex SMA 87/2018, inciso 9.1.
Los certificados emitidos por las entidades y jurisdicciones pertenecientes al Sector Público deberán ser provistos en forma gratuita Resolución Ex SIP N° 946/2021 inciso 9.1.
Sin perjuicio de lo expuesto, no queda comprendida dentro del concepto de gratuidad la gestión administrativa que pueda desarrollarse en las Autoridades de Registro.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 30 minutos
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
La Autoridad Certificante no percibe arancel alguno por la emisión del certificado.