Presidencia de la Nación

Vizzotti firmó resolución que define el alcance de la vacunación para el personal estratégico

La normativa se encuentra vigente desde el viernes pasado y tiene por objetivo fortalecer la transparencia sobre la vacunación contra el SARS-CoV-2 para las personas comprendidas dentro de dicha categoría.

A través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 712/2021, el Ministerio de Salud de la Nación definió a quiénes se debe considerar personal estratégico y cuál es el procedimiento para que accedan a la vacunación, en el marco del Plan Estratégico para la Vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina.

El Plan Estratégico considera personal de salud a toda persona que cumpla tareas en establecimientos de salud cualquiera sea su función, entendiendo a los fines de esta resolución, que los Ministerios de Salud quedan comprendidos en esta categoría.

La resolución ministerial indica que las personas que desarrollan “funciones de gestión necesaria y relevante para el adecuado funcionamiento del Poder Ejecutivo que acrediten el rol estratégico de su función”, más allá de su edad y condición de salud, y además realicen tareas presenciales, son consideradas personal estratégico.

Asimismo, la norma define en esta categoría a “los y las representantes del Estado Argentino en organismos internacionales” y a los “funcionarios jerárquicos y funcionarias jerárquicas” que realicen tareas en un marco de presencialidad.

En tercer lugar, serán consideradas personal estratégico las personas “que realicen viajes fuera del país como miembros de delegaciones oficiales encabezadas por integrantes de los Poderes del Estado Nacional o personas que deban recibir, en nombre de estos poderes, comitivas oficiales que provengan del exterior en representación de otros Estados o de organismos internacionales”.

Por último, aclara que “las personas que ocupen cargos como autoridades superiores del Ministerio de Salud de la Nación o de sus organismos descentralizados, serán consideradas en la doble condición de personal de salud y personal estratégico y registradas bajo esta última condición. El resto del personal del Ministerio, incluyendo sus organismos descentralizados, será considerado como personal de salud”.

Además, la resolución define que todas las personas consideradas como personal estratégico deberán cumplir con el “Protocolo para la solicitud de anuencia para vacunación COVID-19” (ANEXO I – IF2021-16996573-APN-MS).

El procedimiento indica que dicho personal, para acceder a la vacunación contra la COVID-19, deberá iniciar una nota a través del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) con la información firmada conjuntamente entre el solicitante de la vacuna y una autoridad con rango no menor a subsecretario o subsecretaria o su equivalente del organismo.

Ese pedido debe ser remitido a la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio de Salud de la Nación, que es el área que se encargará de aprobar o no la solicitud.

Transparencia

En su artículo 6°, la norma indica que el listado del personal estratégico, vacunado bajo esta resolución, “tendrá carácter público y será puesto a disposición de quien lo requiera”.

En ese marco, el personal estratégico deberá completar un formulario donde autorizan la difusión de sus datos en un registro público para poner a disposición de quien lo quiera consultar. Por otra parte, la norma regula que se deben vacunar en establecimientos autorizados y la vacunación será notificada en el Registro Federal de Vacunación Nominal.

Además, en su artículo 7°, dispone la creación de un observatorio para monitorear el cumplimiento de las medidas adoptadas en la resolución, que “tendrá facultades para emitir recomendaciones tendientes a mejorar los procesos” y podrán participar del mismo “organismos externos de relevancia sanitaria y/o académica”.

Finalmente, invita a todas las provincias del país y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar las normativas que entiendan pertinentes a fin de incorporar las presentes definiciones en el ámbito de sus jurisdicciones.

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