Presidencia de la Nación

Sexto número del Boletín Jurídico de la ECAE

Enterate de todas las novedades a las que podrás acceder en esta sexta edición del servicio gratuito que busca acercar periódicamente información precisa, jurisprudencia, doctrina y actualización bibliográfica en materia de derecho constitucional y derecho administrativo nacional e internacional. Especial: 30 años de la creación del MERCOSUR.

A 30 años de la firma del Tratado de Asunción y la creación del MERCOSUR

El 26 de marzo de 1991 la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay suscriben en la ciudad de Asunción, el tratado por el cual se sientan las bases para la creación del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

Inicialmente, el tratado estableció una estructura institucional provisoria, que es posteriormente modificada el 17 de diciembre de 1994, con la firma del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR (Protocolo de Ouro Preto), que establece una estructura institucional definitiva.

En base al artículo 20 del Tratado de Asunción, que habilita la adhesión al MERCOSUR de los Estados Miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), el 4 de julio de 2006, ingresa como miembro pleno del bloque regional, la República Bolivariana de Venezuela y el 17 de julio de 2015 se otorga al Estado Plurinacional de Bolivia la calidad de Estado en proceso de adhesión.

Asimismo, el MERCOSUR cuenta con Estado Asociados, esto es, aquellos Miembros de la ALADI que han celebrado acuerdos de alcance parcial con el MERCOSUR y han expresado su intención de obtener tal estatus, como resultan Chile, Colombia, Ecuador y Perú.

El proceso de integración, que cumple 30 años tiene como foco la construcción de un espacio común para el crecimiento de los habitantes de las naciones que lo componen, reforzando el respeto a la democracia conforme resulta del Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, vigente desde el año 2002 y la vigencia efectiva de los derechos humanos.

El MERCOSUR presenta, como la UNION EUROPEA, un desafío de la asimilación de las normativas aplicables, en tanto emiten directivas, decisiones y resoluciones con impacto en el ámbito de los países que lo conforman.

Para la resolución de controversias rige el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR (Protocolo de Olivos), el cual establece un procedimiento de solución de controversias entre los Estados y crea el Tribunal Permanente de Revisión, conformado por árbitros permanentes, cada uno de la nacionalidad de los miembros del MERCOSUR.

En lo que refiere a la participación de la ciudadanía regional, en la estructura institucional creada por el Protocolo de Ouro Preto se prevé la existencia de una Comisión Parlamentaria Conjunta y el 8 de diciembre de 2005, se firma el Protocolo de Constitución del Parlamento del MERCOSUR.

Beletín Jurídico 6

SUMARIO

01 DOCUMENTOS BASICOS DEL MERCOSUR

• TRATADO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UN MERCADO COMÚN ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA, LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY. FIRMADO EL 26 DE MARZO DE 1991 EN ASUNCIÓN, PARAGUAY. APROBADO POR LA LEY 23.981.
• PROTOCOLO DE BRASILIA PARA LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. FIRMADO EL 17 DE DICIEMBRE DE 1991, EN LA CIUDAD DE BRASILIA, BRASIL. APROBADO POR LA LEY 24.102.
• PROTOCOLO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA JURISDICCIONAL EN MATERIA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y ADMINISTRATIVA. FIRMADO EL 27 DE JUNIO DE 1992, EN EL VALLE DE LAS LEÑAS, DEPARTAMENTO DE MALARGUE, PROVINCIA DE MENDOZA, ARGENTINA. APROBADO POR LA LEY 24.578.
• PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO DE ASUNCIÓN SOBRE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL MERCOSUR – PROTOCOLO DE OURO PRETO-. FIRMADO EL 17 DE DICIEMBRE DE 1994 EN LA CIUDAD DE OURO PRETO, BRASIL. APROBADO POR LA LEY 24.560.
• PROTOCOLO DE USHUAIA SOBRE COMPROMISO DEMOCRÁTICO EN EL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE. FIRMADO EL 24 DE JULIO DE 1998,EN LA CIUDAD DE USHUAIA, ARGENTINA. APROBADO POR LA LEY 25.133.
• PROTOCOLO DE OLIVOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN EL MERCOSUR. FIRMADO EL 18 DE FEBRERO DE 2002 EN LA CIUDAD DE OLIVOS, ARGENTINA. APROBADO POR LA LEY 25.663.
• DECLARACIÓN DE LOS PRESIDENTES DEL MERCOSUR SOBRE COORDINACIÓN REGIONAL PARA LA CONTENCIÓN Y MITIGACIÓN DEL CORONAVIRUS Y SU IMPACTO. 18 DE MARZO DE 2020.
LAUDOS ARBITRALES MAS RECIENTES DEL TRP
• LAUDO N° 1/2012 SOBRE COMPETENCIA DEL TRP – CUESTION SOBRE DEMOCRACIA Y SANCION A PARAGUAY
• LAUDO N° 1/2008 SOBRE APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE ESTOPPEL
OPINIÓN CONSULTIVA N° 1/2009 TRP SOBRE APLICACIÓN DEL DERECHO DEL MERCOSUR SOBRE EL DERECHO INTERNO

02 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

• MERCOSUR. ALCANCES. FIJACIÓN DE ARANCELES EXTRAZONA. AUTOS WHIRLPOOL PUNTANA SA (TF 21.671-A) E/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. DICIEMBRE DE 2014.

03 PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN

• MERCOSUR. APROBACIÓN DE NORMATIVA DERIVADA. DICTAMEN 277-186 (2011)

04 CLÁSICOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

• “EKMEKDJIAN, MIGUEL ÁNGEL C/ SOFOVICH, GERARDO Y OTROS”- CSJN. 7 DE JULIO DE 1992. – TRATADOS INTERNACIONALES Y SU VIGENCIA SOBRE LA NORMATIVA LOCAL
• “FIBRACA CONSTRUCTORA S.C.A C/ COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE”. CSJN. 7 DE JULIO DE 1993. - EL VALOR DE LOS LAUDOS ARBITRALES
• “CAFÉ LA VIRGINIA S.A S/ APELACIÓN (POR DENEGACIÓN DE REPETICIÓN)”. CSJN. 13 DE OCTUBRE DE 1994. - LA ADECUACION DE LA NORMATIVA LOCAL A LAS REGLAS ALADI, COMO ANTESALA DEL MERCOSUR.

05 TRIBUNAL DE LA UNION EUROPEA

• EFECTO DIRECTO Y CUMPLIMIENTO INMEDIATO DEL DERECHO COMUNITARIO. DERECHO DEL TRABAJADOR – RESPONSABILIDAD DEL ESTADO ITALIANO POR INCUMPLIMIENTO DE DECISION COMUNITARIA - CASO FRANCOVICH Y OTROS. SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA. 19 DE NOVIEMBRE DE 1991. ASUNTOS C-6/90 Y 9/90. 19.

ADDENDA

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
INHIBITORIA. ADMISIBILIDAD. INCOMPETENCIA DEL FUERO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, TRIBUTARIO Y DE LAS RELACIONES DE CONSUMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. FUERO FEDERAL. PRERROGATIVA DEL ESTADO NACIONAL. MEDIDA CAUTELAR. SE DEJA SIN EFECTO LA SUSPENSIÓN DEL DNU 241-2021 ORDENA POR UN TRIBUNAL LOCAL. INSUFICIENTE INTEGRACIÓN DE LA LITIS. FALTA DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE QUIEN PUEDE VER LESIONADOS SUS DERECHOS Y ATRIBUCIONES. INOBSERVANCIA LEY Nº 26854, DE MEDIDAS CAUTELARES EN LOS CASOS QUE ES PARTE EL ESTADO NACIONAL. AUSENCIA INFORME SOBRE EL INTERÉS PÚBLICO COMPROMETIDO.
• JUZGADO FEDERAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2, “JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS S/INHIBITORIA” DE 20 DE ABRIL DE 2021.


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