Presidencia de la Nación

Seleccionsecretariaejecutiva

COMITÉ NACIONAL DE PREVENCION DE LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES INHUMANOS O DEGRADANTES

CONCURSO 1/19-CNPT

LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO DE ANTECEDENTES PARA LA SELECCIÓN DEL SECRETARIO/A EJECUTIVO/A DEL COMITÉ NACIONAL PARA LA PREVENCION DE LA TORTURA/ CNPT (Art. 28 Ley 26.827).

El Comité Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes llama a participar en el Concurso Público de Antecedentes para la selección del cargo de “SECRETARIO/A EJECUTIVO/A” conforme el Art 28 de la ley 26.827.

I. BASES

El titular de la secretaría ejecutiva será designado por el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura a través de un concurso público de antecedentes y un mecanismo de participación amplio que respete las reglas de publicidad, transparencia y legitimidad que surgen del procedimiento dispuesto para la designación de los miembros del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura. Para la selección del/la secretario/a ejecutivo/a regirán los artículos 13 y 20 de la ley 26.827
El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura creado por la LEY 26.827 en el ámbito del Poder Legislativo Nacional, es un órgano colegiado compuesto por trece integrantes. Es una institución autónoma que no recibe instrucciones de ninguna autoridad. Sus funciones son actuar como órgano rector, articulando y coordinando el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; y tiene amplias facultades para la realización de inspecciones a cualquier lugar de detención; solicitar, recopilar y sistematizar información, elaborar distintos estándares y criterios de actuación para la prevención de la tortura, realizar comunicaciones y recomendaciones a las autoridades nacionales o provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como a los magistrados y funcionarios judiciales ante la existencia de hechos de tortura o tratos o penas crueles,inhumanos o degradantes y recomendar la adopción de medidas para solucionarlos o de acciones especiales urgentes para el cese del maltrato y su investigación, protección de las víctimas y/o de los denunciantes frente a las posibles represalias o perjuicios de cualquier tipo que pudiera afectarlos. Así como asesorar a las autoridades en la implementación de acciones para la prevención de la tortura entre otras varias facultades y atribuciones que figuran en la ley de creación.

CARGO: Secretario/Secretaria Ejecutivo/a del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura.
DURACIÓN: El/la secretario/a ejecutivo/a durará en su cargo cuatro (4) años y podrá ser reelegible por un (1) período.
UNIDAD ORGANIZACIONAL: COMITE NACIONAL DE PREVENCION DE LA TORTURA
LUGAR DE DESEMPEÑO: Ciudad de Buenos Aires, sin perjuicio que se disponga de manera transitoria la sesión del pleno en otro lugar de la República
REMUNERACIÓN: La remuneración prevista para el cargo es el 90% del salario de Integrante del Comité Nacional.
DEDICACIÓN HORARIA: El cargo es de tiempo completo y es incompatible con la realización de otra actividad remunerada, pública o privada, salvo la docencia, la investigación académica y actividades de capacitación. Se requiere disponibilidad para viajes a las provincias y al exterior y horario sujeto a las urgencias que pueda demandar la tarea.

FECHA DE CIERRE PARA EL RECIBO DE POSTULACIONES: 12 de abril de 2019

II. FUNCIONES

Son funciones del Secretario Ejecutivo, en principio las detalladas en el art 29 de la ley 26.827, a saber:

a) Ejecutar todas las disposiciones del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura para el cumplimiento de la presente ley;
b) Cumplir con las responsabilidades, atribuciones y facultades que le fueren delegadas por el ComitéNacional para la Prevención de la Tortura;
c) Organizar el registro y administración de todos los insumos necesarios para el adecuado funcionamiento del ComitéNacional para la Prevención de la Tortura;
d) Someter a consideración del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura la estructura técnico-administrativa de la Secretaría Ejecutiva que le dará apoyo.

Así como las funciones y tareas que se detallan a continuación:

1.- Ejecutar las decisiones que le sean encomendadas por el Comitéo su Presidente en el ámbito de sus respectivas atribuciones;
2.- Planificar y coordinar el trabajo de la Secretaría Ejecutiva y coordinar los aspectos operativos de la labor de las comisiones especiales, subcomisiones, grupos de trabajo. Coordinar el funcionamiento de los equipos técnicos y de los responsables de ellos a fin de producir y elaborar la información requerida por el Comité
3.- Asistir al Comité en la elaboración del proyecto presupuesto y el proyecto de plan de trabajo para cada año que será tratado y aprobado por el plenario;
4.- Asesorar y colaborar con todos los miembros del Comité en el desempeño de sus funciones; asistir al presidente en las organizaciones de sesiones plenarias del Comité y del Consejo Federal y de cualquier otra actividad que le fuera delegada, participar de inspecciones a los lugares de privación de la libertad, coordinar las acciones para apoyar a los integrantes del Comité en la organización de las inspecciones a dichos lugares y organizar con ellos los recursos humanos y técnicos requeridos. Organizar un sistema para mantener actualizada y sistematizada la información recibida y relevada por el Comité, las recomendaciones, así como las resoluciones nacionales e internacionales que el comité deba considerar.
5.- Colaborar en la redacción del informe anual y los informes especiales elaborados por el Comité, o Comisiones especiales;
6.- Rendir cuentas de la labor desarrollada por la Secretaría Ejecutiva y de todo otro asunto que sea requerido por los miembros del Comité;
7.- Asistir al CNPT en la confección de actas, protocolizarlas y sistematizar todas las resoluciones, informes, estudios, y bases de datos y otros trabajos que le encomienden el Comité o su Presidente;
8.- Recibir y procesar a la correspondencia y las peticiones y comunicaciones dirigidas al Comité; con previo aviso al Presidente;
9.-Solicitar la información que el Comité considere pertinente, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento y mantener los registros y organización de la información recibida;
10.- Organizar, con la aprobación del Comité, un sistema de comunicaciones para que las situaciones de emergencia sean adecuadamente resueltas;
11. Guardar reserva y velar junto a los demás integrantes del Comité por mantener confidenciales los asuntos que así considere el Comité.
12. Las demás tareas que le asigne el Comité de acuerdo con el carácter de sus funciones.

III. REQUISITOS

  • Nivel educativo: Título universitario con al menos cinco (5) años desde la graduación, en disciplina o carrera vinculada a la prevención de la tortura, otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Se valorarán los estudios de post grado en áreas de competencia del Comité Nacional.
  • Experienciamínima de 5 años en actividades vinculadas a ladefensa de derechos humanos.
  • Conocimiento tanto de las normas como de los organismos nacionales e internacionales vinculados a las competencias del Comité;
  • Experiencia en la sistematización y elaboración de informes en materia de derechos humanos;
  • Experiencia mínima de 3 años en la coordinación de equipos técnicos y/o la dirección de proyectos;
  • Integridad ética, el compromiso con los valores democráticos y la reconocida trayectoria en la promoción y defensa de los derechos humanos, con especial énfasis en el resguardo de los derechos de las personas privadas de libertad y la prevención de la tortura
  • Capacidad de mantener independencia de criterio para el desempeño de la función en los términos que exige el cumplimiento del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la ley 26.827.
  • Aptitudes para comprender la realidad político social nacional en que tienen lugar las tareas del Comité;
  • Buenas competencias de comunicación oral y escrita y para la elaboración de informes, instructivos y demás comunicaciones,
  • Capacidad para el análisis e interpretación de casos y situaciones en las que debe intervenir en Comité.
  • Excelentenivel de relacionamiento interpersonal, Dinamismo, Visión estratégica.Responsabilidad y confiabilidad.

IV. INHABILIDADES

No podrán participar en el concurso:

a) Aquellas personas respecto de las cuales existan pruebas suficientes de participación en hechos que puedan ser subsumidos en la categoría de crímenes de lesa humanidad;

b) Quienes hayan integrado fuerzas de seguridad y hubieran sido denunciados y/o tengan antecedentes de haber participado, consentido o convalidado hechos de tortura u otros tratos y penas crueles, inhumanos y/o degradantes.

V. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE SELECCIÓN

Una vez recibidos en tiempo y forma las postulaciones con sus antecedentes, el CNPT publicará los nombres de los y las postulantes que cumplieron los requisitos a fin de que durante un plazo de 15 días los ciudadanos/as, instituciones y organizaciones en general hagan llegar por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar.
Los y las postulantes que cumplieron los requisitos serán convocados a participar una entrevista oral evaluativa. El Comité en un plazo que no supere los 30 días desde la finalización de estas evaluaciones publicará una lista de como máximo cinco finalistas a los que solicitará una breve propuesta de trabajo. Los y las finalistas serán convocados/as a una audiencia pública con el pleno del Comité en la Ciudad de Buenos Aires. Realizada las entrevistas, el Comité comunicará el o la candidata seleccionada en un plazo máximo de 15 días. Por razones fundadas el comité podrá extender los plazos anteriores.

VI. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Los y las postulantes deberán remitir la siguiente documentación al momento de la inscripción.

  1. Curriculum Vitae
  2. Formulario de “Declaración Jurada de conocimiento y aceptación de las bases de la convocatoria, del proceso de selección, de autenticidad de la información presentada y de haber comunicado al Comité cualquier interés que pueda ser considero en conflicto con el ejercicio de la funciones de la Secretaria Ejecutiva.
  3. Copia del Documento Nacional de Identidad.
  4. Copia de Título de grado
  5. Copias de las constancias que acrediten capacitación, especialización, postgrados, diplomas u otros en las materias referidas al llamado.
  6. Copias de las constancias que acrediten lo antecedentes laborales, indicando en el documento aparte las funciones realizadas y períodos de desempeño y nombre y teléfono depersona de contacto o referencia.
  7. Declaración Jurada de no tener inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.

La documentación deberá ser enviada por correo electrónico a
[email protected]. También se receptarán consultas en esta última dirección de mail.

En esta instancia las copias podrán ser copias simples de los documentos solicitados.

La información proporcionada por el postulante al momento de la inscripción, así́ como el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases, serán verificados y la inexactitud de la información presentada podrá́ ser causal de la eliminación del postulante del proceso de selección. Asimismo el Comité podrá requerir al postulante, personas o instituciones, por el medio que lo considere más adecuado, toda la información adicional que considere pertinente.

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