Se reglamentó la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión Integral de Residuos Domiciliarios
A través del Decreto 779, publicado hoy en el Boletín Oficial, la reglamentación busca unificar criterios de gestión y brindar herramientas que propicien la implementación de la economía circular con inclusión social, así como la comunicación y concientización en la temática. La norma también aprueba el código unificado de colores para la clasificación e identificación de fracciones de residuos domiciliarios.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, que conduce Juan Cabandié, impulsó la aprobación de la reglamentación de la Ley n.° 25916 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión Integral de Residuos Domiciliarios. En línea con esta iniciativa, hoy fue publicado el Decreto 779 en el Boletín Oficial que busca propiciar la implementación de un modelo circular de gestión de residuos.
Cabe mencionar que la cartera ambiental de la Nación ejerce facultades como autoridad nacional de aplicación de la mencionada ley. Es por eso que le corresponde asumir el rol de promover un modelo circular de gestión de residuos en el cual, teniendo como premisa la minimización y prevención en la generación de los mismos, pueda optimizarse el uso de los materiales insertos en el mercado para que permanezcan el mayor tiempo posible en el ciclo económico, y se aproveche al máximo su materia prima, conforme se establece en el presente decreto.
La mencionada reglamentación, en uno de sus anexos, incorpora lineamientos claves para abordar la producción, distribución, consumo y reciclado, promoviendo la valorización y reincorporación de los residuos. Además, suma el principio de responsabilidad extendida al productor que asigna la responsabilidad extendida por la gestión integral y su financiamiento, a los productores que introducen bienes por primera vez en el mercado.
También incluye la promoción de incentivos para la integración sistemática de los aspectos ambientales en el diseño de los bienes y productos —ecodiseño—, así como la creación de programas especiales para la gestión gestión de residuos especiales de generación universal (REGU), aquellos que por sus características particulares deberán observar las pautas mínimas que establecerá la autoridad de aplicación, entre los que se pueden enumerar: aceites vegetales usados y grasas; aparatos eléctricos y electrónicos; pilas y baterías; neumáticos de desecho; pinturas y solventes; entre otros.
La medida también propone programas para promover la valorización de residuos, los cuales deberán contemplar los lineamientos y el ciclo de vida de las fracciones de residuos domiciliarios y la inclusión de los recuperadores urbanos en la recuperación de residuos, fomentando así su integración al mercado posconsumo.
La norma además, aprueba el código unificado de colores para la clasificación e identificación de fracciones de residuos domiciliarios —separación diferenciada— con el fin de promover la transición hacia un modelo de economía circular sostenible. De esta manera, la unificación de principios para la segregación de los residuos domiciliarios pretende fomentar la cultura ciudadana en la materia así como facilitar la labor de la industria de reciclaje en todo el país.
El mencionado código establece criterio de colores armonizado a nivel nacional tanto para la segregación binaria como para la segregación en más de dos fracciones. Sobre la base del principio de progresividad, las provincias deberán incorporar de manera paulatina el código unificado de colores para la clasificación de residuos sólidos urbanos.
Además, la reglamentación establece la implementación de planes integrales de comunicación, campañas de sensibilización y educación ambiental para fomentar la correcta segregación de los residuos domiciliarios en todo el territorio.