Se reglamentó el DNU que congela el precio de los alquileres
A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, el Gobierno Nacional reglamentó el congelamiento de los precios de alquileres vigentes al 30 de marzo, a la vez que prorroga los contratos con conformidad de la parte locataria.
El decreto establece la suspensión de los desalojos por falta de pago.
Cabe resaltar que esta medida alcanza a los siguientes casos:
1 - Inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural.
2 - Habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.
3 - Inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias.
4 - Inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
5 - Inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
6 - Inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
7 - Inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
8 - Inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES).
Asimismo, la medida dispone de una excepción para el locador que acredite depender del alquiler para cubrir sus necesidades básicas, estableciendo para este caso la Mediación Obligatoria -antes de acudir a la Justicia- en situaciones donde se presenten controversias entre las partes.