Se extiende la modalidad de trabajo remoto en la Administración Pública Nacional hasta el 09 de abril
La medida se extiende desde el lunes 05 hasta el viernes 09 inclusive, para las y los trabajadores del Sector Público Nacional con excepción de algunos organismos.
A través de la Decisión Administrativa 303/2021, el Gobierno Nacional extiende la medida que establece la estricta y prioritaria prestación del trabajo remoto para las y los agentes de todas las Jurisdicciones, Entidades y Organismos del Sector Público Nacional que incluyen a la administración central y los organismos descentralizados; y a las entidades públicas no estatales, respectivamente, hasta el 09 de abril de 2021 inclusive.
Quedan expresamente excluidos de la presente decisión administrativa:
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Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS).
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Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
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Personal de las Fuerzas de Seguridad Federales
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Personal de las Fuerzas Armadas.
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Personal del Servicio Penitenciario Federal.
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Personal de salud y del sistema sanitario.
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Personal del cuerpo de Guarda Parques Nacionales Decreto (N° 1455/87) y el Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego (Decreto N° 192/21).
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Dirección Nacional de Migraciones.
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Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
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Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).