Presidencia de la Nación

Se extiende excepcionalmente el plazo para pagar Impuestos sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y del Impuesto PAIS

La medida se dará a conocer mañana con la publicación de la normativa correspondiente en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que se establece el día 31 de mayo de 2024 como fecha de vencimiento excepcional para el ingreso de las percepciones del Impuesto sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias (ICDCB), el importe correspondiente al impuesto propio devengado y del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS) que vencían hoy.

La medida fue oficializada hoy en el Boletín Oficial a través de la Resolución General N° 5513.

La resolución aplica a todos los responsables y se enmarca en las facultades conferidas a la AFIP por las Resoluciones Generales N° 2.111 y N° 4.659.

¿A quiénes alcanza esta medida?

La medida alcanza a todos los agentes de liquidación y/o percepción del ICDC y del Impuesto PAÍS.

¿Cómo realizar el ingreso?

El ingreso de las percepciones se podrá realizar hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive, mediante los canales habituales habilitados por la AFIP.

Impuesto y régimen Terminación de CUIT Vigencia
ICDCB - Percepciones y/o impuesto propio devengado del 16 al 22 de mayo 2024 Todos 31/05/2024
Impuesto PAIS - Percepciones del 16 al 22 de mayo 2024 Todos 31/05/2024

Resolución General N° 5513/2024

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