Resolución ENRE Nº 1051/2024: solicitud de acceso y autorización de ampliación menor ET La Puna
Difusión de un requerimiento de TRANSNOA, a pedido de EDESA.
A través de la Resolución ENRE N° 1051/2024, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad da a publicidad la solicitud de acceso a la capacidad de transporte existente que TRANSNOA presentó para abastecer los requerimientos de demandas de 20 MW, 25 MW, 25 MW y 8 MW (78 MW en total) en la Estación Transformadora La Puna, jurisdicción de INTERANDES, transportista independiente de TRANSNOA.
Mediante la misma resolución, el ENRE también autoriza la ampliación menor que consiste en la instalación de dos juegos de barras para cada arrollamiento en 33 kV del transformador 345/33/33 kV en la actual ET La Puna, constituyendo dos sistemas. El primer juego de barra de 33 kV correspondiente al Arrollamiento N° 1, incluye: un alimentador general a la barra de 33 kV, la alimentación a los servicios auxiliares en 33 kV, el alimentador al Parque Solar Fotovoltaico La Puna 33 kV, cuatro nuevos distribuidores en 33 kV para alimentar potencias de 20 MW, 25 MW, 25 MW y 8 MW (totalizando una demanda de 78 MW), el interruptor de acople de barra, el interruptor a la acometida del Arrollamiento N° 1 y el interruptor a la acometida del PSFV La Puna. El segundo juego de barra de 33 kV, correspondiente al Arrollamiento N° 2, incluye: un alimentador general a la barra de 33 kV, la alimentación a los Servicios Auxiliares en 33 kV, el alimentador al PSFV Altiplano I en 33 kV, cuatro espacios de reserva, el interruptor de acople, el interruptor a la acometida del Arrollamiento N° 2 y el interruptor a la acometida del PSFV El Altiplano I. Esta autorización permite al solicitante emprender las obras mencionadas. 1
La difusión de esta solicitud se extiende por cinco días hábiles administrativos en los sitios web del ENRE y de CAMMESA. A partir de la última publicación efectuada, correrá un plazo de cinco días hábiles administrativos a fin de que quien lo considere procedente presente algún proyecto alternativo de acceso que optimice el funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), u observaciones / oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios.
En caso de que existiesen presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, el ENRE convocará a una Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. Una vez operado el vencimiento de los plazos señalados sin que se registre la presentación de oposición o de un proyecto alternativo, este Ente Nacional procederá a autorizar el acceso solicitado, con la correspondiente inscripción en el Registro Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente.
En su artículo 6, la Resolución ENRE N° 1051/2024 establece que EDESA deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA, INTERANDES S.A. y TRANSNOA S.A, a los efectos de garantizar el correcto funcionamiento del SADI.
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Dicha condición se informará en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución. ↩︎