Resolución ENRE N° 686/2024: solicitud de ampliación del sistema de transporte de energía eléctrica en San Juan
Difusión de un pedido de TRANSENER, a requerimiento del EPRE SAN JUAN.
A través de la Resolución ENRE N° 686/2024, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad da a publicidad la solicitud que TRANSENER presentó, a requerimiento del EPRE SAN JUAN, para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública de la obra de ampliación en San Juan.
La obra consiste en la provisión y puesta en servicio de un segundo banco de transformación 500/132 kV, 450 MVA en la Estación Transformadora Nueva San Juan, y las obras comprendidas en playa de 500 kV (campo N° 6) y en 132 kV (campo N° 5), construcción del kiosco 0506 de playa de 500 kV, donde se alojarán todos los tableros de control de ambas playas y construcción de un nuevo edificio para las celdas de 33 kV, requeridas para poder concretar la conexión de los arrollamientos terciarios de los transformadores del segundo banco de transformación con el transformador de servicios auxiliares existentes y obras complementarias, ubicadas en la Provincia de San Juan jurisdicción de TRANSENER.
La difusión de la solicitud se extiende por cinco días hábiles administrativos en los sitios web del ENRE y de CAMMESA, y por dos días consecutivos en un diario de amplia difusión en el lugar donde se realizará la obra o que pueda verse afectado en materia eléctrica. A partir de la última publicación efectuada, correrá otro plazo de diez días hábiles administrativos a fin de que quien lo considere procedente plantee su oposición fundada por escrito ante este Ente Nacional.
En caso de que existiesen presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios y usuarias, el ENRE convocará a una Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. Una vez operado el vencimiento de los plazos señalados sin que se registre la presentación de oposición o de un proyecto alternativo, este Ente Nacional otorgará el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública correspondiente.
En su artículo 5, la Resolución ENRE N° 686/2024 establece los requisitos que el solicitante deberá cumplir a fin de garantizar el correcto funcionamiento del SADI.