Resolución ENRE N° 683/2024: solicitud de ampliación de la capacidad de transporte de energía eléctrica en Catamarca
Difusión de un pedido de EC SAPEM, por intermedio de TRANSNOA .
A través de la Resolución ENRE N° 683/2024, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad da a publicidad la solicitud de ampliación de la capacidad de transporte que Energía de Catamarca Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (EC SAPEM) presentó a través de la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noroeste Argentino (TRANSNOA S.A.), para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública en la ET Pantanillo.
La obra consiste en la instalación de un nuevo transformador de potencia N° 2 - 132/33/13,2 kV - 30 MVA, con sus campos de transformación y dos campos de salida de línea en 132 kV, con cinco salidas de distribuidor en 33 kV y dos salidas de 13,2 kV en la ET Pantanillo; su vinculación mediante una doble terna a la apertura de una de las ternas San Martin - Valle Viejo a la altura del Aeropuerto F. Varela; y la restitución de la antigua configuración San Martín - Catamarca, en la Provincia de Catamarca.
La difusión de la solicitud se extiende por cinco días hábiles administrativos en los sitios web del ENRE y de CAMMESA, y por dos días consecutivos en un diario de amplia difusión en el lugar donde se realizará la obra o que pueda verse afectado en materia eléctrica. A partir de la última publicación efectuada, correrá otro plazo de diez días hábiles administrativos a fin de que quien lo considere procedente plantee su oposición fundada por escrito ante este Ente Nacional.
En caso de que existiesen presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios y usuarias, el ENRE convocará a una Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. Una vez operado el vencimiento de los plazos señalados sin que se registre la presentación de oposición o de un proyecto alternativo, este Ente Nacional otorgará el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública correspondiente.
En su artículo 5, la Resolución ENRE N° 683/2024 establece los requisitos que EC SAPEM deberá cumplir a la hora de llevar adelante la obra.