Reducción de tasas y aranceles de emisores frecuentes y CEDEARS
Mediante la RG N° 1021, la Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó las medidas que resultan necesarias para la aplicación de las modificaciones efectuadas por la Resolución del Ministerio de Economía N° 957/2024 en materia de tasas y aranceles de Emisores Frecuentes y CEDEARs.
Por medio de la misma, se establece el arancelamiento de aumentos de monto de emisiones de obligaciones negociables individuales, equiparando esta medida, a otros trámites similares, se reduce además el porcentual de arancel en las solicitudes bajo el Régimen de Emisor Frecuente, para incentivar las emisiones.
Asimismo, a la luz de la experiencia recogida en materia de emisión de programas de CEDEAR, se reducen las alícuotas porcentuales del arancel, con la finalidad de mantener cierta coherencia con los aranceles que pagan el resto de las emisoras de valores negociables, manteniendo la equidad, la proporcionalidad y el tratamiento justo entre los distintos tipos de emisores que operan en el mercado de capitales y, adicionalmente, se tienen en cuenta aquellos supuestos de trámites motivados en eventos corporativos originados en el subyacente.
Por último, se precisan algunos términos y pautas específicas para la determinación y cálculo de los importes a pagar en concepto de aranceles.
La revisión del esquema de aranceles adaptado a las condiciones actuales del mercado permitirá la reducción de costos de las empresas, mejorar la competitividad y su atractivo para el mercado de capitales, sin perder de vista las características de cada instrumento y su aporte a la economía productiva y nacional.
RG 1021 (B.O. 1.10.24)