Algunas precisiones antes de que reclames por presunto error de facturación
Antes de cuestionar el importe que figura en tu boleta de EDENOR o EDESUR, verificá los datos ingresados en los ítems de tu factura y tené presente que deberás abonar una suma equivalente al último consumo facturado sin inconvenientes, por un período igual a aquél del consumo discutido. Si la liquidación objetada es correcta, deberás pagar las disposiciones sobre mora respecto del pago impago. Si efectivamente te cobró de más, la distribuidora deberá reintegrarte el excedente.
Para calcular el reintegro, la prestataria aplica la tarifa vigente a la fecha de comunicación de la anormalidad, en el período comprendido entre la fecha del pago realizado y la fecha de la devolución efectiva, con el interés y la penalidad previstos en el artículo 9° del Reglamento de Suministro de la Energía Eléctrica. El reintegro debe efectuarse en un plazo máximo de diez días hábiles administrativos después de verificado el error.
Una vez efectuado el reclamo, la distribuidora no puede suspenderte el suministro eléctrico dentro de los diez días hábiles administrativos siguientes. Y dentro de los quince días hábiles administrativos, debe notificarte su resolución por escrito y con constancia de entrega.
La prestataria debe fundamentar debidamente su decisión y, en caso de corresponder, informar la acreditación del reintegro establecido. Asimismo debe recordarte tu derecho a recurrir al ENRE si no estás de acuerdo con la decisión adoptada, y consignar los datos de la atención al público en nuestra sede de Suipacha 615.
Si trasladás tu reclamo al ENRE, no olvides tener a mano el número de reclamo efectuado ante la distribuidora, la factura objetada y facturas anteriores. Si el servicio no está a tu nombre, por favor presentá una copia del título de propiedad o del contrato de alquiler, o de un servicio a tu nombre, o del DNI donde conste tu domicilio.