Proveedoras de insumos básicos fueron citadas a audiencias por la CNDC
Defensa de la Competencia citó a empresas fabricantes de cartón, vidrio y plástico con el objetivo de avanzar en la investigación de mercado sobre insumos básicos para la fabricación de envases.
La Secretaría de Comercio Interior de la Nación en conjunto con la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, notificó a las firmas Cartocor Sociedad Anónima (cartón), Cattorini Hnos. S A I C F E I (vidrio), Tetra Pak S.R.L. (cartón), Amcor Rigid Packaging de Argentina S.A. (cartón y plástico) y Cabelma S.A. (plástico) con el fin de avanzar en la investigación de mercado que se inició el pasado mes de agosto sobre la producción de insumos básicos utilizados en la fabricación de envases para la distribución de productos industriales.
Las cinco empresas proveedoras de insumos básicos fueron convocadas a una serie de audiencias virtuales e individuales que se llevarán a cabo la semana que viene con las autoridades de las firmas a cargo de las funciones asociadas a ventas y con conocimiento sobre estructura de costos y cadena de valor del sector en el que participa cada compañía.
Estas reuniones informativas se dan en el marco de la apertura de investigación de mercado para detectar posibles conductas anticompetitivas y de abuso de posición dominante en sectores proveedores de insumos básicos para la fabricación y/o distribución de productos de consumo masivo como alimentos, bebidas, elementos de perfumería, higiene personal y limpieza del hogar.
Mediante esta investigación se analizará la producción de insumos básicos utilizados en la fabricación de envases para la distribución de productos industriales, en los términos que expresa el artículo 28, inciso f) de la Ley de Defensa de la Competencia (N° 27.442).
La Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia trabajarán en conjunto durante los próximos meses, en pos de analizar la situación, detectar situaciones que alteren el funcionamiento de las cadenas de valor involucradas, y en caso de detectar indicios de prácticas anticompetitivas, abrir las conductas correspondientes.