Presidencia de la Nación

Privatizaciones. Ofertas Públicas de Adquisición que no importan cambios de control

En el marco de la política de privatizaciones que impulsa el Gobierno Nacional, se aclaran disposiciones aplicables a las Ofertas Públicas de Adquisición (OPA) que, en otras circunstancias, otorgan derechos a los accionistas minoritarios ante ciertos cambios sustanciales en el control o en la estructura accionaria que puedan afectar la dirección estratégica de las sociedades o sus expectativas económicas. El Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó, mediante la RG N° 1037, cierta normativa referida a la oferta pública de adquisición obligatoria (OPA).

La nueva regulación habilita la transferencia, igual o inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50%), de participaciones accionarias por parte del Estado Nacional, de forma directa o indirecta, o a través de sociedades controladas correspondiente a empresas del sector de energía o gas, a un adquirente privado sin necesidad de realizar una OPA, siempre que el adquirente privado asuma la misma posición del vendedor en un convenio de accionistas preexistente, sin alterar la participación en dicha sociedad.

La modificación normativa contempla la situación en la que un nuevo accionista asume la posición del accionista vendedor, manteniéndose intacta la participación accionaria de la sociedad controlante en la emisora afectada e incluye la adhesión del nuevo accionista a los acuerdos preexistentes, si los hubiera, lo que asegura continuidad en la gobernanza y operación, tanto de la sociedad controlante como de la emisora.

Por ello, no será obligatorio efectuar una OPA, ya que, al no existir un cambio efectivo en el control, no se justifica la necesidad de activar dicho mecanismo.

Esta normativa busca eliminar barreras regulatorias que no aportan valor al propósito de protección del interés público, facilitando los procesos de privatización.

El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, resaltó que “la normativa dictada impulsa el equilibrio entre el interés público, la protección de los inversores y la necesidad de fomentar un entorno jurídico adecuado para la transferencia de activos por parte del Estado Nacional” y que “continuamos trabajando en línea con los objetivos del Gobierno Nacional, día a día, como lo hemos hecho desde el inicio de la gestión”.

Cabe destacar, que esta modificación para la transferencia de participaciones accionarias, tiende a favorecer objetivos estratégicos del Estado Nacional, como a la reconfiguración de su participación en sectores clave, particularmente en los sectores de energía y gas, fundamentales para la economía nacional.

RG 1037

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