Presidencia de la Nación

Presentación ante la Corte Suprema de Justicia

En el marco de la demanda presentada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, impugnando la constitucionalidad del Articulo 2° del Decreto Nº 241/2021, que dispuso la suspensión temporaria de las clases presenciales en al AMBA con motivo de la pandemia del COVID-19, el Cuerpo de Abogados del Estado, patrocinado por la Procuración del Tesoro, presentó los argumentos del Gobierno Nacional destinados a sustentar dicha medida.

En el texto de la presentación, cuya copia brindamos para su descarga en esta nota, la representación del Estado Nacional explicitó los numerosos precedentes jurisprudenciales y doctrinarios que avalan la competencia del Gobierno Federal para adoptar decisiones de esa índole, en el marco de una situación de pandemia de la magnitud que alcanza el COVID-19. Se señaló que el ejercicio de esas competencias constitucionales por el Estado Nacional no afecta la autonomía de la CABA, pues aquí está presente una problemática de carácter federal: la pandemia no está circunscripta a esta Ciudad, sino que abarca a toda la Nación, al mismo tiempo que afecta a todo el planeta.

Ello, teniendo en cuenta, además, que la suspensión de la presencialidad es meramente temporaria, y alcanza al AMBA, no solamente a los establecimientos educativos de la CABA. Asimismo, se aportó un informe del Ministerio de Salud de la Nación, que brindaba elementos suficientes para sostener la justificación de la medida adoptada en el DNU 241/21.

En la presentación se puso de manifiesto, además, el planteo de la Procuración en torno a la incompetencia del máximo tribunal para resolver este problema en instancia originaria, teniendo en cuenta que el estatus especial que tiene la CABA no la erige en una Provincia de la Nación a los fines del artículo 117 de la Constitución Nacional. No obstante, al haber decidido la Corte Suprema que el asunto es de su competencia -y no de los Tribunales inferiores de la Justicia Federal-, se procedió a contestar el traslado conferido.


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