Presidencia de la Nación

Nuevos medios de pago para el Artículo 9 y prestamos

Se suman dos nuevas alternativas de pago para las cuotas de prestamos, cancelación de la obligación establecida en el artículo 9 de la ley 20321 y refinanciación de deuda.

A partir del 4 de febrero de 2019 se incorporan los siguientes medios de pago

  • Generación de Volante Electrónico de Pago (VEP), para posteriormente abonarlo en forma electrónica a través de una determinada entidad de pago (Red Banelco, Red LINK, o Interbanking)

  • Generación e impresión de una Boleta de Pago, para realizar el mismo en una entidad bancaria o no bancaria adherida al Sistema, en forma presencial. Ver entidades adheridas.

Recordamos que antes de efectuar su pago, deberá generar la Boleta Electrónica en la web del INAES, para su correspondiente imputación.

Para más información: Entrá a la página del INAES

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Pago artículo 9°



Pago de prestamos y refinanciación de deuda de artículo 9°

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