Nuevas instrucciones a favor de los usuarios electrodependientes
El ENRE ordenó a EDENOR y EDESUR el cumplimiento de una serie de medidas destinadas a garantizar la correcta instalación y el óptimo rendimiento de las Fuentes Alternativas de Energía.
A través de tres notas enviadas días atrás, el ENRE instruyó a EDENOR y EDESUR una serie de acciones preventivas para dos contingencias que ponen en riesgo la integridad física de los usuarios electrodependientes. La primera: complicaciones técnicas que impiden la instalación domiciliaria segura de una Fuente Alternativa de Energía. La segunda: cortes de suministro eléctrico de duración imprevisible, que por lo tanto puede agotar la autonomía de la FAE correctamente instalada.
Este Ente Nacional describió el primer escenario en las notas NO-2023-124926338-APN-ENRE#MEC y NO-2023-126340134-APN-ENRE#MEC. A través de la primera, ordenó que, desde el momento en que constate "impedimentos debidamente justificados que obstaculicen la realización de la conexión segura para la instalación de la FAE", las distribuidoras presenten —en un plazo máximo de 48 horas— una "propuesta de proyecto alternativo" que garantice la concreción de la obra en cuestión. A través de la segunda, consignó que, cuando los impedimentos atenten contra la seguridad de la conexión de las FAE, las empresas consideren un esquema de puesta a tierra que la garantice, en este caso "sin necesidad de comunicarlo a este organismo".
Por su parte, la nota NO-2023-125725285-APN-ENRE#MEC contempla la posibilidad de eventos críticos "con tiempos de restablecimiento del suministro altos o impredecibles, en donde el supuesto del agotamiento de la autonomía de funcionamiento de las FAE sea verosímil". En estos casos, EDENOR y EDESUR deberán informar, por un lado, las medidas que adoptarán "para garantizar el resguardo de la vida y la salud" de sus usuarios electrodependientes y, por otro lado, el número identificatorio de las FAE que se encuentran en stock, listas para reemplazar aquéllos dispositivos que dejen de funcionar por alguna falla técnica o por el agotamiento de su fuente de alimentación.
Desde la sanción de la Ley N° 27.351, los usuarios electrodependientes tienen derecho a contar en sus domicilios con una Fuente de Energía Alternativa, que se active automáticamente ante cualquier interrupción, oscilación u otra alteración del suministro regular de electricidad. En el Área Metropolitana de Buenos Aires, EDENOR y EDESUR deben entregar estas FAE a los usuarios que las pidan, siempre y cuando se encuentren anotados en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud que administra el Ministerio de Salud de la Nación.
Ambas prestatarias deben cubrir tanto la entrega como los costos de funcionamiento de estos dispositivos. Para que una FAE funcione correctamente, la vivienda debe ofrecer instalaciones eléctricas acordes. En caso contrario, corresponde realizar obras de adecuación que reviertan toda deficiencia.
A través de las notas enviadas días atrás, el ENRE consolida el blindaje normativo que busca proteger los derechos —y la vida— de las personas electrodependientes.