Nuevas denuncias sobre trabajo infantil
El Ministerio de Trabajo en cumplimiento de las políticas que prohíben el trabajo de menores de 16 años, realizó cuatro nuevas denuncias penales por el delito de aprovechamiento económico del trabajo de niños o niñas.
Los dos primeros casos pertenecen a la localidad de Carlos Spegazzini (provincia de Bs. As.), donde se relevaron dos niños de 14 y 15 años, de nacionalidad argentina y boliviana, respectivamente, que se encontraban realizando tareas de apilado y corte de ladrillos por lo que se radicó la denuncia en el Departamento Judicial de Ezeiza.
La tercera fue realizada en la ciudad de Mar del Plata tras el relevamiento de un niño de 15 años de nacionalidad argentina que se encontraba elaborando productos alimenticios en un comercio de venta de pollos. La denuncia fue radicada en Fiscalía General Departamental de Dolores.
Por último, se detectó una niña de 14 años, de nacionalidad argentina, realizando tareas de atención al público en una juguetería en la ciudad de Santiago del Estero por lo que se efectuó la denuncia en la Policía de la Provincia, Comisaría Seccional Primera.
El subsecretario de Fiscalización del Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Alonso Navone, recordó que “esta figura (aprovechamiento económico del trabajo de niños o niñas) ya estaba prohibida desde agosto de 2008 por la Ley N°26.390. Sin embargo, desde el 20 de abril de 2013 es un delito con penas de prisión de 1 a 4 años, según lo establecido en la ley 26.847. Los niños deben jugar y estudiar, su trabajo está prohibido. En cada caso que comprobemos realizaremos la correspondiente denuncia penal persiguiendo el cumplimiento de las sanciones que fija la Justicia”.
Con estas cuatro nuevas denuncias ya suman 49 los casos en que el Ministerio de Trabajo ha detectado menores de edad trabajando y realizado las denuncias penales correspondientes en cada caso.
Alonso Navone también aclaró que los adolescentes, desde los 16 a los 18 años incumplidos, pueden trabajar con autorización de sus padres y con algunas restricciones: la jornada de un trabajador adolescente no podrá ser nocturna (entendiéndose por tal el intervalo comprendido entre las veinte horas y las seis horas del día siguiente), no deberá ser superior a 6 horas diarias y 36 horas semanales en zonas urbanas. En el caso de trabajar en zonas rurales, la jornada no podrá ser mayor a las 32 horas semanales.