Presidencia de la Nación

Nueva Normativa para la producción de variedades híbridas con destino a exportación

El INASE actualiza su normativa para certificar las líneas parentales de semilla híbrida que tengan destino a exportación bajo los Sistemas OCDE y AOSCA.

A partir de la Resolución INASE 305/2023 es obligatorio el uso de semilla básica certificada de los parentales en la producción de híbridos certificados para exportar bajo los Sistemas OCDE u AOSCA. Además se requiere la incorporación en el Registro Nacional de Cultivares la información relativa a los componentes varietales de esas variedades híbridas.

La exportación de semillas de producción nacional de variedades híbridas fiscalizadas bajo Sistemas de Certificación Internacional resulta de significativa importancia para el sector semillero argentino en tanto es una actividad que emplea mano de obra calificada y genera divisas, por lo que resulta estratégica la armonización de normativa en la materia.

Los Sistemas de Certificación Internacional de semillas como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (O.C.D.E.) y la Asociación de Agencias Oficiales de Certificación de Semillas (A.O.S.C.A.) requieren que la semilla destinada al agricultor haya sido certificada por lo menos durante las 2 generaciones previas.

Por ello, INASE resuelve que la semilla híbrida Clase Fiscalizada de Primera Generación bajo O.C.D.E. y A.O.S.C.A. será producida a partir de semilla parental certificada en las categorías Básica o Prebásica, o Fundación, respectivamente.

La norma entrará en vigencia de la siguiente forma:

  • Maíz y Sorgo: A partir de la Campaña 2024-2025.
  • Girasol y otras especies: A partir de la Campaña 2025-2026.

Por lo tanto los solicitantes que tengan cultivares híbridos inscriptos en el RNC y que vayan a ser exportados a través de OCDE ó AOSCA deberán incluir en a documentación a presentar ante la Dirección de Registro de Variedades:

  • las denominaciones de todas las líneas necesarias para la producción del híbrido;
  • el rol de cada una de ellas y
  • sus descripciones varietales.

Las referidas líneas parentales podrán ser inscriptas en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares (RNPC)

Campos de maiz

Las empresas deberán cumplir con el muestreo y los ensayos obligatorios para certificar la semilla de la línea parental y, para ello, cuentan con dos alternativas. Una opción es solicitar a la Dirección de Evaluación de Calidad el muestreo para la emisión de Certificado Orange, único válido para exportar. Y la segunda alternativa es solicitar el muestreo y determinación de Germinación y Pureza Físico Botánico a un Laboratorio Acreditado MERCOSUR y luego solicitar a la Dirección de Evaluación de Calidad la obtención de muestras para las siembras de los Ensayos de Post Control.

Con la promulgación de esta norma el INASE busca afianzar sus sistemas de control y fiscalización en sintonía con los estándares internacionales, entendiendo que brindar garantías en la trazabilidad robustece la actividad.

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