Presidencia de la Nación

Motores monofásicos de peso igual o superior a 4Kg.


Resolución 397-E/2017

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Procédese a la apertura del examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias de la medida dispuesta mediante la Resolución N° 506 de fecha 4 de septiembre de 2012 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de motores eléctricos de corriente alterna, asincrónicos, monofásicos, de potencia nominal superior o igual a CERO COMA DOCE KILOVATIOS (0,12 kW) pero inferior o igual a TRES KILOVATIOS (3 kW), y de peso superior o igual a CUATRO KILOGRAMOS (4 kg) pero inferior a CUARENTA Y CINCO KILOGRAMOS (45 kg) excluidos los motores monofásicos con mecanismos de freno y embrague integrados tipo “clutch motor” y los motores para lavarropas, originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8501.40.19.
ARTÍCULO 2º.- Mantiénense vigentes los derechos antidumping fijados por la Resolución N° 506/12 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de la mercadería mencionada en el artículo 1° de la presente resolución originaria de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, hasta tanto se concluya el procedimiento de revisión iniciado.
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