Presidencia de la Nación

Menos trabas para la importación de partes aeronáuticas nuevas o usadas

Alcanzará con una declaración jurada y el listado de piezas, sin exigir manuales ni posición arancelaria.

La Resolución 235/2025 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), publicada hoy en el Boletín Oficial, simplifica los requisitos y procedimientos para la importación de partes nuevas o usadas para el sector aeronáutico.

Para agilizar esta operación, la autorización de la importación se instrumentará a partir de un documento denominado “Aviso de importación para Productos del Sector Aeronáutico”, emitido por la ANAC para ser presentado ante la Dirección General de Aduanas (DGA), dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), al momento de solicitarse la destinación definitiva de importación para consumo de los bienes comprendidos en ese documento.

La implementación de este procedimiento será a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y tiene como objetivo mejorar la eficiencia administrativa y reducir los plazos de tramitación.

“Esta nueva normativa simplifica el trámite a una simple declaración jurada. Se deja de pedir posición arancelaria, destino, representante técnico, formulario 8130, manual de la aeronave o catálogo. Ahora se requiere simplemente acompañar el listado de las piezas a importar”, explicó el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

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