Las hojas de sierra manuales rectas de acero rápido continúan protegidas frente a las importaciones originarias de China
DUMPING - CIERRE DE EXAMEN
El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 331/2023 declaró el cierre del examen por expiración del plazo de la medida antidumping dispuesta por la Resolución N° 398 de fecha 1 de septiembre de 2017 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de “Hojas de sierra manuales rectas de acero rápido”, originarias de China.
La resolución mantiene vigente la medida antidumping aplicada en el año 2017, bajo la forma de un Derecho específico de U$S 0,46 por unidad.
La solicitud de examen fue presentada por la firma SIN PAR S.A., a fines de mayo de 2022, ante la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL (SSPyGC), en el marco del artículo 4° del Decreto N° 1.393/08.
La empresa peticionante inició sus actividades en 1931 y comenzó con la fabricación de hojas de sierra en el año 1955. Posee una planta productora ubicada en Quilmes, Provincia de Buenos Aires, donde emplea a alrededor de 30 personas, dedicadas a la producción de hojas de sierra.
La firma SIN PAR representó más del 94% de la producción nacional de hojas de sierra de acero rápido y, durante el período analizado, destinó la totalidad de su producción al mercado interno. El resto de la producción nacional correspondió a la firma URANGA.
Las hojas de sierra de acero rápido son un commodity industrial y se utilizan para realizar cortes manuales por medio de movimientos alternativos, principalmente en maderas, plásticos y metales. Dichos productos son requeridos por la industria en general como así también para uso doméstico.
Como resultado del análisis conjunto de esta Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) y de la SSPYGC, se resolvió la continuidad por 5 años más de los derechos antidumping que permiten defender a la producción nacional de hojas de sierra, y a más de 100 trabajadoras y trabajadores.
Para mayor información, consultá el expediente
*Este instrumento se encuentra al alcance de todas las empresas argentinas que consideren que sus productos se enfrentan una situación de discriminación internacional de precios respecto a productos importados. Para conocer los requisitos y cuestiones formales a tener en cuenta, hacé click aquí