Presidencia de la Nación

La Secretaría expresa su repudio por la sorpresiva decisión de la Sala de Feria de Casación de otorgar el beneficio de salidas transitorias para 3 represores y la domiciliaria para un cuarto.

El tribunal autorizó las salidas transitorias a 3 represores del circuito conocido como ABO (Atlético, Banco, Olimpo) y la prisión domiciliaria para otro imputado en la causa “1 y 60” de La Plata. 

La Secretaría expresa su repudio por la sorpresiva decisión de la Sala de Feria de Casación de otorgar el beneficio de salidas transitorias para 3 represores y la domiciliaria para un cuarto.

El tribunal autorizó las salidas transitorias a 3 represores del circuito conocido como ABO (Atlético, Banco, Olimpo) y la prisión domiciliaria para otro imputado en la causa “1 y 60” de La Plata. 

En el último día de la feria, previo a que se modifique su conformación, la Sala de Casación —integrada por los jueces Eduardo Riggi, Juan Carlos Mahiques y Carlos Gemignani— decidió revocar la resolución del Tribunal Oral Federal que había denegado las salidas transitorias solicitadas por las defensas de los represores Eduardo Emilio Kalinec, Juan Carlos Avena y Luis Donocik. Los tres además se encuentran condenados en otro tramo de la causa ABO (“Miara”). La Sala ad hoc de Casación también decidió conceder la prisión domiciliaria a Enrique Welsh, quien había estado prófugo hasta el 2015.

La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, en su rol de querellante en la causa ABO, se había opuesto a los planteos de la defensa en la instancia del Tribunal Oral Federal. En este sentido, desde la Secretaría se argumentó que: "Otorgar el beneficio de las salidas transitorias generaría una controversia que no sólo incluye a sus víctimas directas, sino que atraviesa también a la sociedad en general en virtud de la indeleble impresión en la memoria colectiva que significaron los hechos por los cuales el imputado fue juzgado y condenado. En tal sentido, la concesión de las salidas transitorias se apartaría sin fundamento alguno de las disposiciones de la denominada Ley de Víctimas (Ley 27.372). En virtud de ello, respecto de las salidas transitorias corresponde adoptar un criterio judicial, que extreme los recaudos para evitar las circunstancias que pudieran derivar en la impunidad cuando se juzgan delitos de lesa humanidad".

Asimismo, desde el área de Acompañamiento y Asistencia a Víctimas, la Secretaría tuvo una intervención para que las víctimas fueran escuchadas, lo que provocó que en los tres casos el Tribunal rechazara los pedidos.

En el caso del represor Welsh, la Secretaría de Derechos Humanos también se había opuesto a la domiciliaria en el mes de noviembre de 2021 porque se había demostrado que las patologías que padece el imputado estaban debidamente tratadas en la Unidad 34, donde permanecía detenido.

A través de la decisión que se conoció hoy, la Sala de feria de Casación dictaminó que esas resoluciones fueran revocadas y los represores sean beneficiados con salidas transitorias y la prisión domiciliaria.

Conocé más sobre los juicios por crímenes de lesa humanidad en juiciosdelesahumanidad.ar.

Scroll hacia arriba