La JST finalizó la investigación de un suceso de un ómnibus que volcó en Chascomús
Durante la investigación, la JST identificó como factor desencadenante la pérdida de control del vehículo. En ese sentido, se estudió si la fatiga pudo haber influido en el desempeño de la conducción del vehículo y relacionarse con la ocurrencia del suceso.
La Junta de Seguridad en el Transporte (JST), organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Transporte de la Nación, finalizó la investigación de suceso de un ómnibus que volcó en Chascomús, a la altura del kilómetro 132,5 de la Ruta Provincial 2, el 29 de junio de 2021 a las 4.15 hs. Mientras transitaba por la ruta, el vehículo perdió el control y despistó hacia el cantero central que divide ambas manos de circulación. Al atravesarlo, impactó contra el terreno y volcó sobre su lateral derecho. Como resultado del accidente, dos personas fallecieron y 37 resultaron heridas.
Durante la investigación, la JST identificó como factor desencadenante la pérdida de control del vehículo. En ese sentido, se estudió si la fatiga pudo haber influido en el desempeño de la conducción del vehículo y relacionarse con la ocurrencia del suceso.
La fatiga es un estado fisiológico que se manifiesta como una disminución en la capacidad de desempeño mental o física debido a la falta de sueño, períodos prolongados de vigilia o carga de trabajo, y que puede menoscabar el estado de alerta y el rendimiento de una persona, convirtiéndose así en un factor relacionado con el accidente. El estado de fatiga no es puramente intrínseco del individuo, sino que es resultado de un grupo de componentes, como el nivel de las condiciones de trabajo que no son establecidas por el operador, sino que se relacionan principalmente con los factores organizacionales.
Con el propósito de establecer la influencia de la fatiga en el desempeño de la pareja de conducción durante el accidente, se desarrolló una estrategia metodológica que incluyó la aplicación de la Escala de Puntuación de Fatiga, la utilización de dimensiones y criterios utilizados por otras juntas de investigación de accidentes tales como la NTSB-Estados Unidos y la TSB-Canadá. Además, el equipo de investigación consultó al Laboratorio de Cronofisiología (BIOMED-UCA-CONICET), para realizar diferentes modelados biomatemáticos de Fatiga y del riesgo de accidente. Los resultados de estos análisis sugieren que la fatiga del conductor pudo haber estado presente en el momento del accidente.
Esto llevó a analizar la configuración de la jornada de trabajo por parte de la empresa operadora del servicio, las reglamentaciones relacionadas con la duración y la configuración de la jornada laboral, así como también los parámetros y cobertura de la fiscalización por parte de las autoridades competentes. Además, se analizaron las medidas de evacuación luego del accidente y el uso de elementos como el cinturón de seguridad.
En base a lo investigado, la JST recomendó:
• Diseñar e implementar un procedimiento para la fiscalización de la jornada de trabajo en los servicios de jurisdicción nacional de doble conducción que contemple los tiempos de conducción, pausas intrajornada y duración total de la jornada de trabajo a través de la tecnología disponible.
• Convocar nuevamente a la Comisión de Evaluación de Jornada de Trabajo del Servicio de Transporte Automotor de pasajeros de Carácter Interjurisdiccional, para debatir cuestiones relativas a: diagramación de los viajes y fiscalización de la jornada de trabajo, jornada extendida “de rebote”, cantidad, calidad, momento y duración de las pausas a bordo y en destino, irregularidad de la jornada de trabajo, monoconducción vs. doble conducción y sus beneficios en términos de costos y de seguridad para definir sistema de diagramación de la jornada de trabajo que se adapte a las necesidades del sector y que contemple parámetros de seguridad que mitiguen los riesgos de la fatiga.
• Implementar un dispositivo de registro electrónico de horas de servicio para todos los trabajadores de conducción de servicios de transporte de pasajeros de jurisdicción nacional.
• Incrementar los puntos de fiscalización de la jornada de trabajo del transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional que incluya las principales terminales de la costa de la Provincia de Buenos Aires e incorporar puntos móviles de fiscalización en ruta.
• Definir un programa de capacitación anual que garantice la formación en gestión individual de la fatiga, actuación posaccidente y factores de riesgos de la conducción para todos los trabajadores en puestos de conducción y de diagramación de servicios.
• Implementar un sistema de retroalimentación a partir de los resultados de las evaluaciones psicofísicas y teóricas realizadas a conductores de servicios de transporte de pasajeros de larga distancia de modo que contribuyan a una mejor gestión de la fatiga y el desempeño seguro de los operadores.
• Comunicar de forma periódica a los operadores de transporte interurbanos de servicio público y turismo la vigencia de la Resolución que obliga a actualizar para su cierre la lista de pasajeros dentro de las 72 horas de inicio del servicio, así como definir el proceso para el registro y actualización de la misma durante el servicio y en la aplicación web de CNRT (el Sistema Único de Datos) y asignar el personal para la realización de estas tareas.
• Establecer la obligatoriedad por parte de las empresas operadoras de trasporte interurbano de pasajeros de presentar el cinturón de seguridad abrochado encima del asiento previo al momento de ascenso de los pasajeros.