La Comisión Nacional de Alimentos avanzó en la simplificación de los trámites para actualizar el Código Alimentario
A partir del 22 de octubre, se implementará el Trámite a Distancia (TAD) para todas las presentaciones que soliciten las actualizaciones del Código Alimentario Argentino, lo que permitirá efectuar el trámite en un menor tiempo.
El secretario de Alimentos y Bioeconomía de la Secretaria de Gobierno de Agroindustria, Andrés Murchison destacó "la importancia de federalizar la Comisión y realizar encuentros en distintas provincias para entender las situaciones locales y poder adecuar la legislación a la realidad de las distintas economías regionales", al presidir la 124º reunión de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), acompañado por la secretaria de Regulación y Gestión Sanitaria de la cartera de Salud, Josefa Rodriguez Rodríguez.
Durante las reuniones realizadas en la ciudad de Mendoza los días 18 y 19 de septiembre, se trató el acuerdo para implementar a partir del 22 de octubre, el Trámite a Distancia (TAD) de las presentaciones que soliciten las actualizaciones en el Código Alimentario Argentino tanto para el sector privado como para las entidades públicas. De esta manera, se evitará la reiteración de solicitudes de información, y se facilitará el trámite de los expedientes en un menor tiempo.
La CONAL también aprobó la actualización de los parámetros biológicos, fisicoquímicos, entre otros, para los productos de la pesca y acuicultura, dando un importante paso para esta actividad en un trabajo coordinado por la Subsecretaria de Pesca junto con la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas de la cartera agroindustrial. Otro punto a destacar fue que se remitió a trámite administrativo, el establecimiento de límites máximos de contenido de sodio en caldos, sopas, mayonesa y kétchup.
A su vez se aprobó, remitiendo a consulta pública por 30 días corridos, la incorporación de la miel de yatei al Código Alimentario, que implica un gran desarrollo para las provincias del norte argentino, en las cuales pequeños productores elaboran un producto de alto valor agregado. También, es el caso de los criterios para el registro de establecimientos y productos alimenticios, la actualización del artículo 21 del Código Alimentario Argentino referido a la libreta sanitaria y al carnet de manipulación de alimentos; la incorporación de la Resolución GMC del Mercosur, 07/18 sobre leche en polvo y la incorporación de un listado de enzimas.
Otro avance de relevancia se dio en la incorporación de límites de microtoxinas para distintos productos elaborados, como harina de trigo y maíz, armonizando los parámetros con los nuevos requerimientos de los mercados.
Un tema muy importante tratado fue la situación planteada por los productores de carne de cerdo respecto de los cortes importados congelados y que luego los puntos de venta fraccionan y descongelan. Al respecto la CONAL explicitó la interpretación de lo actualmente vigente en el Código Alimentario a los efectos de ofrecer certezas tanto a los actores de la cadena de carne de cerdo como a los fiscalizadores. En ese sentido, la CONAL "señaló que si se trata de un producto importado/nacional congelado, que la empresa/supermercado descongela y posteriormente fracciona; y que se exhibe en la góndola de frescos, el CAA establece que "los alimentos solo podrán ser sometidos a un proceso de descongelación. Ante el cambio de estado, se debe realizar un adecuación de los rótulos que incluyen el idioma, RNE (como fraccionador - art. 18 del CAA), fecha de vencimiento entre otros ítems, establecidos en la Resolución GMC- Mercosur- N° 26/03, incorporada a nuestra legislación; y debe incluirse la leyenda "Producto descongelado. No volver a congelar"" (art. 162 del CAA).
A su vez el director Lácteo, Sebastián Alconada, presentó la propuesta para promover la incorporación de establecimientos lácteos de elaboración artesanal.
De las jornadas participaron la directora Nacional de Alimentos y Bebidas, Mercedes Nimo; el director de Gestión de Proyectos Agroalimentarios, Pablo Morón; y representantes de la cartera agroindustrial nacional, del Senasa; del Ministerio de Salud y Desarrollo Social; de las provincias de Mendoza, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Neuquén, La Rioja, Jujuy, Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, Corrientes, Chaco, Chubut, Río Negro, La Pampa, Santa Fe, San Juan, San Luis, Catamarca, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y miembros de la Red de Seguridad Alimentaria.