La CNV continúa alineando su normativa a los altos estándares de los mercados internacionales en materia T+1
La Comisión Nacional de Valores (CNV) continúa adecuando su marco normativo para alinearse a las reglamentaciones de los mercados de los países desarrollados, como Estados Unidos, Canadá y México.
El 8 de mayo, a través de la RG N° 1000, se modificó la normativa fijando el plazo de contado normal en T+1 para las operaciones con valores negociables de renta variable y/o fija. Se mantuvo el plazo de contado normal en T+2 sólo para las operaciones con valores negociables de renta fija en la medida que los mercados y las cámaras compensadoras que, por excepción, hubieran optado por mantener dicho plazo.
Ahora, mediante la RG N° 1029 los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras - que hubieran optado por mantener el plazo de liquidación de contado 48 horas (T+2) - deberán adoptar, en forma definitiva, el plazo de liquidación de contado normal 24 horas (T+1).
Dicha medida se adopta, con el objetivo de continuar a la vanguardia de los mercados desarrollados. Desde la entrada en vigencia de la RG N° 1000, se ha observado una migración natural hacia la adopción del plazo de liquidación de T+1 en la negociación y concertación de operaciones de contado con valores negociables de renta fija.
El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, resaltó que “con el mismo objetivo de seguir impulsando y desarrollando el mercado de capitales de Argentina continuamos adaptando nuestra normativa, acompañando las tendencias a nivel global y destacando que de manera natural los mercados de nuestro país se alinean con el plazo T+1 de los mercados internacionales”.
Además, destacó que “además de adecuar los plazos de liquidación al más alto standard global, se favorece al inversor con una ventana de liquidez más ágil. Cuando vende, recibe con mayor antelación el producido de la transacción, cuando compra puede integrar los fondos un día después, en suma, apuntamos a un mercado que orgánicamente pueda fluir con mayor velocidad”.