Presidencia de la Nación

INASE toma medidas para reforzar el abastecimiento de semillas de la próxima campaña

La semilla es el primer eslabón de la cadena agropecuaria y la reciente sequía afectó su normal producción. El INASE, como organismo regulador de este insumo esencial para la alimentación tanto humana como animal, decidió tomar medidas excepcionales para reforzar el abastecimiento de semillas a toda la industria.

Con la promulgación de las Resoluciones INASE Nº 210 y 213 se brindan herramientas para mantener el stock de semillas de cebada cervecera y soja para dar continuidad a la cadena de producción de alimentos y derivados.

Se trata de 2 especies que fueron perjudicadas por la severa sequía vivida en la mayor zona productiva del país tanto de grano como de semilla.

La soja, como principal producto de la exportación agroindustrial y fuente de divisas, necesita más de 1000 tn. de semilla para las más de 15 millones de hectáreas sembradas.

La cebada, cultivo con gran crecimiento en los últimos años y cuya intención de siembra se ubica cerca de 1.8 millones de hectáreas, tiene también gran presencia en las exportaciones, tanto en grano como en la industria maltera. En este caso la demanda de semilla ronda las 290 toneladas.

Silvana Babbitt, como Presidenta de INASE, expresó que "Es parte de nuestra responsabilidad prever escenarios y trabajar para un adecuado abastecimiento de materiales a utilizar en cada campaña. Tenemos espacios de trabajo sinérgicos con el sector privado y venimos trabajando en instrumentos que nos permitan mitigar el impacto de esta sequía histórica, sin descuidar la importancia de la semilla fiscalizada. Entendemos que esta normativa brinda las herramientas necesarias."

Para cada cultivo se determinaron requisitos que regulan el abastecimiento, enmarcados en la Ley de Semillas 20.247.

Cebada cervecera

Para la Campaña 2023/2024 se podrá comercializar bajo Clase Identificada con nominación de la variedad. Sólo podrán identificar semilla de cebada cervecera las empresas que estén inscriptas en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas como Semilleros Fiscalizadores (Categorías A, B, C ó D).

Solo podrán identificar las empresas que hayan inscripto lotes para fiscalizar en la campaña 2022/2023, y con materiales de esa misma campaña.

Para identificar deberán solicitar autorización previa a INASE y acompañar el pedido con una justificación técnica de la producción perdida y la autorización del obtentor de la variedad.

El volumen máximo a identificar por cada semillero fiscalizador no podrá ser mayor al equivalente de semillas que hubieran obtenido de los lotes dados de baja o cosechados parcialmente a raíz de las malas condiciones climáticas.

El rótulo para la semilla identificada, que debe estar exhibido al momento de la comercialización, es el siguiente:

El contenido del envase de la semilla que se identifique deberá ajustarse a las tolerancias establecidas en la Resolución SAGyP N° 2.270/ 1993 que son los siguientes:

  • Porcentaje en peso:
    Semilla Pura (valor mínimo) 97 %
    Materia Inerte (valor máximo) 3,0 %
    Semillas Extrañas (valor máximo) 0,3% (máximo 5 semillas malezas toleradas primarias cada 1000g)

  • Poder Germinativo: 90% como valor mínimo.

Soja

Hasta el 30 de abril de 2023 se pueden presentar los lotes de soja fiscalizados bajo Sistema Nacional. Es por única vez que se extiende el plazo de presentación de lotes.

Solamente los semilleros fiscalizadores que ya inscribieron lotes de soja para fiscalizar en la Campaña 2022/2023 podrán presentar lotes adicionales. Éstos deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución INASE N° 42/2000: planilla de presentación, plano del lote georreferenciado, rótulo de la semilla, autorización del obtentor e inspección de cultivo.

Todo lote adicional que se inscriba amparándose en esta normativa deberá abonar el arancel por presentación fuera de término.

Antes de cosechar el lote, INASE tiene que haberlo aprobado. Para ello, la empresa debe realizar la solicitud con anterioridad y presentar la factura que acredite la compra de semilla Clase Fiscalizada para la siembra del total de la superficie del lote. Si el lote se siembra con semilla producida por el mismo semillero, deberá presentar el Documento de Autorización de Venta que ampare la totalidad de la semilla utilizada.

INASE evaluará todas las solicitudes y avanzará con la inscripción del lote en caso de corresponder, se trate de cebada cervecera o soja.

Las autoridades de INASE también mantienen espacios de trabajo con asociaciones y representantes de otras cadenas productivas para trabajar en el mismo sentido. Tal es así que con el sector de legumbres, se acordó aumentar el volumen de semilla identificada como paliativo ante la falta de semilla de lote fiscalizado.

Si bien las legumbres son de nominación obligatoria y fiscalización optativa, en los últimos años fue aumentando mucho el volumen de semilla fiscalizada.

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