Presidencia de la Nación

Habilitación gradual de las visitas en establecimientos penitenciarios federales

Las visitas de familiares de internos se habilitaron por primera vez desde el inicio de la pandemia. El Complejo Penitenciario Federal I inauguró un sector para turnos digitales.

Con la premisa de respetar las garantías constitucionales en materia de derechos humanos, sin descuidar las recomendaciones brindadas por la Organización Mundial de la Salud y por el Ministerio de Salud de la Nación, el Servicio Penitenciario Federal ha implementado, desde el comienzo de la pandemia, diversos protocolos necesarios para salvaguardar la integridad sanitaria, promoviendo medios alternativos para no afectar los vínculos familiares y sociales de las personas privadas de su libertad.

En ese proceso, la Dirección de Visitas, Relaciones Familiares y Sociales ha confeccionado los lineamientos preventivos y de actuación para la elaboración, en cada establecimiento penitenciario y en atención a sus características particulares, de protocolos específicos sobre la habilitación gradual de visitas sociales, en el marco de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

Por otra parte, el Departamento de Implementación de Soluciones Tecnológicas, desarrolló un sistema digital de turnos para el sector de recepción de visitantes, a los fines de agilizar y organizar de forma eficiente este tipo de procedimiento. Este sector, completamente innovador para nuestros establecimientos, fue construido recientemente junto con una “sala de espera”, teniendo en cuenta criterios de gran concurrencia de personas, favoreciendo así la fluidez del tránsito entre individuos y las condiciones de cuidado e higiene acordes a la situación actual. Desde el pasado 17 de octubre esta sala se encuentra habilitada en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, mientras se continúa con los trabajos de instalación en otras unidades.

Esta iniciativa afianza las acciones adoptadas por esta administración, referidas al fortalecimiento de los vínculos de interacción de los internos con sus familiares, amigos y allegados. En esa inteligencia se continúa con el “sistema de videollamadas”, que permitió mantener activa la comunicación y contribuyó a la reducción del riesgo de propagación del contagio en la población penal.

Cabe destacar que esta medida, como todas las implementadas durante el transcurso de la pandemia, buscan respetar la legislación vigente, relativa al derecho a la comunicación de los internos con sus familiares y allegados, contenido principalmente en las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, en la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad N° 24.660 y su modificatoria 27.375, y en el Decreto Reglamentario N° 1.136/97 “Reglamento de Comunicaciones de los Internos”.

Scroll hacia arriba