Formosa: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluye la falsedad de la denuncia mediática sobre mujeres indígenas embarazadas escondidas en el monte
Tras un exhaustivo trámite que requirió varios informes elaborados por las autoridades de Formosa y la Secretaría de Derechos Humanos, entre otros organismos nacionales, como el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, el Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer ayer una resolución mediante la cual decidió levantar las medidas cautelares que había dictado el 16 de abril pasado. La contundente decisión de la CIDH fue adoptada por unanimidad el domingo 11 de julio, y fue comunicada al Estado a última hora del martes 13.
En su resolución, la CIDH reconoce que el marco fáctico que había valorado para dictar las medidas cautelares no se verificó durante el trámite internacional. En otras palabras, que la gravísima denuncia internacional formulada por el dirigente indígena Félix Díaz y Santiago Cantón, no logró demostrar situaciones concretas de mujeres embarazadas que no contaran con la atención médica adecuada, que estuvieran escondidas en el monte por miedo, amenazas u hostigamiento en su contra, o mucho menos que existieran casos de bebés separados de sus madres al nacer.
La Comisión Interamericana también cuestiona severamente la falta de colaboración de los peticionarios en brindar información precisa que permitiera identificar a las mujeres a las que supuestamente se buscaba proteger; y valora de modo positivo el esfuerzo desplegado por el Estado para verificar si había alguna persona que no estuviera recibiendo la atención médica correspondiente.
“La Comisión observa que el Estado ha proporcionado soporte documentario que hace referencia a las atenciones en salud que las beneficiarias habrían estado recibiendo durante su estado de embarazo, según corresponde. (…) [L]a Comisión observa que la representación no ha brindado soporte documentario alguno que permita indicar que, incluso después de su embarazo, las personas beneficiarias se encuentren en una situación de riesgo (…). En tal sentido, no se ha proporcionado información que indique, por ejemplo, que el Estado les venga negando atención en salud o la atención en salud que recibirían actualmente no sería idónea o efectiva según lo que prescriban los médicos competentes”.
Y prosigue la resolución: “Si bien la representación ha continuado afirmando que existe “temor”, “amenazas”, “persecución”, entre otros, la Comisión no advierte información concreta respecto de cada una de las 7 mujeres beneficiarias que indique, por ejemplo, una amenaza concreta o sostenida en contra de ellas, o inacción del Estado de brindarles atención médica, o que la atención médica haya sido negada atendiendo su situación actual. La información disponible tampoco indica que el Estado se haya negado a brindarles algún tipo de protección en caso de que tales situaciones eventualmente se presenten. Por el contrario, la información disponible indica que las mujeres embarazadas dieron a luz y no se cuenta con elementos que indiquen que hubo hostilidad o agresiones durante el proceso de parto o situaciones similares como las que la representación informaba de manera previa al otorgamiento de las medidas cautelares”
Antecedentes del trámite internacional
La denuncia internacional había comenzado el 12 de marzo de 2021, con una solicitud de medidas cautelares firmada por el dirigente indígena Félix Díaz y el ex secretario de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires durante la gestión de María Eugenia Vidal y ex secretario ejecutivo de la CIDH, Santiago Cantón, en favor de unas 86 mujeres indígenas del oeste de Formosa que, según los solicitantes, experimentaban “temor fundado” de distintas vejaciones, y otras 13 personas que las protegerían. En su resolución del 16 de abril, la CIDH ya había descartado la existencia de un patrón de cesáreas forzosas, separación de madres de sus hijos y otras alegaciones del mismo tenor, desacreditando así las denuncias relacionadas con violaciones de derechos humanos generalizadas en Formosa.
En aquella oportunidad, sin embargo, el organismo regional concedió la medida de protección respecto a siete mujeres, sin siquiera permitir al Estado brindar ningún descargo en relación con la veracidad de lo afirmado y sin conocer sus nombres y localización precisa con anterioridad al dictado de la decisión.
Mediante la resolución del 11 de julio, la CIDH resalta que, tras evaluar la información aportada por el Estado, tampoco se verificó ninguna amenaza concreta ni falta de atención médica en el caso de las siete mujeres indígenas sobre las que se concedió la medida. Por eso decidió cerrar el trámite internacional.