Presidencia de la Nación

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, autoriza a ANSES y a RENATRE a establecer una via virtual para las presentaciones por desempleo

Mientras continúe la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, se podrán realizar de forma virtual la totalidad de los trámites relativos a la solicitud, acceso, opción de modalidad de pago y suspensión, de las prestaciones por desempleo establecidas por las Leyes N° 24.013 y N° 25.371, y N° 25.191.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció mediante la Resolución 444/2020, que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES y el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE se encuentran autorizados para poner en marcha una vía virtual que permita llevar a cabo los trámites relacionados a la solicitud, acceso, opción de modalidad de pago y suspensión, de las prestaciones por desempleo durante la emergencia sanitaria.

De éste modo, también podrán establecer el pago de las prestaciones por desempleo con los medios de pago que se encuentren disponibles para esta operatoria. En el caso de las solicitudes, serán válidas las copias fotografiadas o escaneadas de la documentación original correspondiente, que se incorporarán al trámite electrónico con carácter de declaración jurada de su fidelidad, en tanto que los datos de la trabajadora o el trabajador y del empleador sean consistentes con los obrantes en los registros preexistentes

En cuanto a los despidos que pudieran ocurrir durante la vigencia de la prohibición establecida por los Decretos 329/2020 y 487/2020 las prestaciones por desempleo se otorgaran igualmente, al margen de las sanciones que pueda recibir el empleador.


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Resolución 444/2020 (0.17 MB)

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