Presidencia de la Nación

El Ministerio de Educación de la Nación dispone recomendaciones para los colegios privados

El Ministerio de Educación de la Nación emitió un documento con recomendaciones para las instituciones educativas de gestión privada

El Ministerio de Educación de la Nación emitió un documento con recomendaciones para las instituciones educativas de gestión privada en el marco de la pandemia.

El documento tiene como objetivo garantizar el efectivo derecho a la educación de la población a través de un acuerdo de esfuerzo compartido y el compromiso entre Nación, los estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las asociaciones que nuclean a las instituciones educativas de gestión privada, en momentos en que la economía familiar y los servicios privados se ven afectados por la pandemia.

El titular de la cartera educativa nacional, Nicolás Trotta expresó: “Frente a la incertidumbre que atraviesan las familias hemos convocado a las asociaciones que nuclean a los colegios privados y hemos consensuado: congelar aranceles; no cobrar servicios directos interrumpidos; diferir el pago de un porcentaje del total del arancel para aquellas familias que no puedan afrontarlos y flexibilizar o extender las fechas de pago, entre otras recomendaciones”. Y agregó: “Las instituciones se mostraron comprometidas para atender las situaciones familiares especiales en el marco de la pandemia con la posibilidad de otorgar becas o aplicar descuentos en las cuotas”.

“Estas recomendaciones deberían ser un horizonte que lleve tranquilidad a las familias e induzcan a la responsabilidad institucional en todas las escuelas de gestión privada”, concluyó el funcionario.

Coincidiendo en los principios de solidaridad, compromiso, responsabilidad y esfuerzo compartido, se alcanzaron los siguientes acuerdos:

  1. PRESERVAR LAS FUENTES DE TRABAJO de los docentes, no docentes, auxiliares y personal directivo de las escuelas de gestión privada, asegurar el pago de los salarios, garantizar el derecho a la educación y adecuar las condiciones de trabajo remoto, en caso de que fuera necesario, para preservar la salud de trabajadores/as y estudiantes.

  2. CONGELAR EL VALOR DE LOS ARANCELES hasta que concluyan las medidas de aislamiento social y preventivo obligatorio; y RETROTRAER LOS AUMENTOS que se hubieren producido con posterioridad a la entrada en vigor del Decreto N° 260/2020.

  3. SUSPENDER LA FACTURACIÓN O APLICAR DESCUENTOS EN LOS ACCESORIOS al arancel que respondan a servicios directos interrumpidos (ej. comedor) u otros servicios extraescolares.

  4. DIFERIR A SOLICITUD DE LAS FAMILIAS EL PAGO DE UN PORCENTAJE DEL TOTAL DEL ARANCEL facturado para meses subsiguientes en favor de quienes no puedan afrontarlo, tomando como máxima referencia las necesidades para garantizar el pago de sueldos, cargas sociales y gastos ineludibles para el sostenimiento del Plan de Continuidad Pedagógica.

  5. FLEXIBILIZAR, REPROGRAMAR O EXTENDER LAS FECHAS DE LOS VENCIMIENTOS DE PAGO de cuotas o aranceles, restringir los recargos financieros por mora en el pago (intereses), y SUPRIMIR LAS MULTAS y otras penalidades o accesorias durante un plazo no menor al del aislamiento social y preventivo obligatorio.

  6. ABSTENERSE DE APLICAR MEDIDA RESTRICTIVA ALGUNA al acceso a las herramientas de aprendizaje por cuestiones vinculadas al pago de los aranceles.

  7. ATENDER SITUACIONES FAMILIARES ESPECIALES, con la posibilidad de otorgar becas y ayudas transitorias conforme a la realidad de las familias y de cada institución.

  8. ANALIZAR LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y LOS AHORROS POSIBLES sosteniendo las erogaciones esenciales, a fin de disponer, cuando ello sea posible, un descuento en los aranceles; manteniendo la remisión de información conforme a la normativa aplicable.

  9. IMPLEMENTAR ESTAS MEDIDAS DURANTE EL AISLAMIENTO social preventivo y obligatorio y, una vez concluido, por un plazo idéntico al transcurrido en tal situación.

Por su parte, el Gobierno Nacional y los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratifican que continuarán adoptando medidas que acompañen en la crisis al sector, tales como las de carácter general ya dispuestas, y otras de impacto directo en el sector educativo de gestión privada.

En tal sentido el Decreto P.E.N. N° 332/2020 y la Comunicación “A” 6948 del B.C.R.A. con relación a la reducción del pago de contribuciones previsionales e impuesto a los créditos y débitos; pago de FONID y suma extraordinaria a las y los docentes; o facilidades para acceder a créditos; entre otros que pudieran implementarse conforme a la evolución de la pandemia.

Las entidades que participaron de la iniciativa son la Junta coordinadora de Asociaciones de la Enseñanza Privada de la República Argentina (COORDIEP); Confederación Argentina de Instituciones Educativas Privadas (CAIEP); el Consejo Superior de Educación Católica (CONSUDEC) y la Asociación de Colegios Privados de la Provincia de Buenos Aires / Junta Nacional de Educación Privada (AIEPBA / JUNEP).


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