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El inspector general de Justicia informó a la comunidad académica y profesional aspectos vinculados con las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD)

El nuevo régimen establece el fin del “cepo” al deporte; otorga libertad a los asociados para elegir el modelo jurídico para su club, y permite combinar actividades deportivas de asociaciones civiles y sociedades anónimas. “No hay que tener miedo a la libertad”, enfatizó Vítolo.

A través de una publicación, el inspector general de Justicia, Daniel Roque Vítolo, aclaró a la comunidad académica y profesional aspectos vinculados con la próxima implementación del régimen e Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).

En un artículo de doctrina y difusión, titulado “Sociedades Anónimas Deportivas (SAD): ¿El levantamiento del ‘cepo deportivo’?”, el inspector general explicó la estructura jurídica y económica de los clubes de fútbol en Argentina y en el mundo, sosteniendo que, además de un deporte, el fútbol es un verdadero negocio de dimensiones muy significativas. Así, Vítolo enfatizó que “en muchos países del mundo se ha legislado de un modo específico, de diversa manera y desde hace bastante tiempo, en materia de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), como es el caso de Alemania, España, Francia, Italia, Inglaterra, Estados Unidos, Alemania, Perú, Chile, Colombia y Uruguay, entre otros, entendiendo cuál es la verdadera dimensión estructural y operativa del ‘negocio fútbol’”.

Del mismo modo, el inspector general indicó que “El presidente de la República, a través de un DNU (70/2023) escogió, a poco de comenzar su mandato, no legislar específicamente un modelo de SAD, como se ha hecho en otros países, sino que optó por algo más directo y efectivo, que fue levantar directamente el ‘cepo’ que la Ley del Deporte Nº 20.655 imponía a los clubes de fútbol permitiéndoles escapar a la estructura de la asociaciones civiles para el desarrollo de su actividad”.

Según Vítolo, “tal escape, ahora y a partir de la vigencia del DNU Nº 70/2023, al ‘cepo deportivo’ podrá tener lugar de un modo siempre voluntario, nunca obligatorio, respetando la voluntad de los asociados y la decisión de los órganos estatutarios correspondientes, tomada bajo un régimen de mayorías calificada, y pudiendo escoger los asociados libremente, en cada caso, el modelo de organización que desean conformar”.

Entre otras cuestiones, el titular a cargo de la Inspección General de Justicia, en su publicación, pregunta “¿Quiénes pueden oponerse o tener miedo frente a esta nueva libertad para elegir en el ámbito de las organizaciones deportivas? ¿Aquellos que pueden acceder a esa libertad en ejercicio de sus derechos o ciertos dirigentes que corren el riesgo de perder las prebendas y el poder que hoy poseen bajo las limitaciones y restricciones que presentaba el sistema de ‘cepo’?”.

La conclusión a la que arriba Vítolo en su artículo es que, en materia deportiva, y especialmente de fútbol, “se ha abierto un proceso de cambio hacia la libertad que se advierte irreversible; y quienes tienen que ceder para que la libertad sea una realidad, se resisten a ello olvidando que, en todos los órdenes de la vida y del Derecho, la libertad debe ser la regla y la restricción de esa libertad, la excepción. Al menos, así lo dispone nuestra Constitución nacional”.

Acceder a la publicación completa de SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS -SAD-: ¿EL LEVANTAMIENTO DEL “CEPO DEPORTIVO”?.

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