El Gobierno Nacional modifica y establece topes de consumo subsidiable y otorga bonificaciones a usuarios de ingresos bajos y medios
El Gobierno Nacional modifica los topes de consumo máximos subsidiados y las bonificaciones sobre los precios mayoristas de energía eléctrica y gas natural para los usuarios N2 (ingresos bajos) y N3 (ingresos medios), para el denominado Período de Transición (entre junio y el 30 de noviembre de 2024), según Decreto N° 465/24.
Se efectiviza así el inicio del proceso para pasar de un régimen de subsidios generalizados a uno focalizado, en el cual el usuario puede conocer el costo del kwh de energía eléctrica y m3 de gas natural que es idéntico para todos, y la asistencia que le brinda el Estado Nacional a los usuarios según su capacidad de pago y que alcanza hasta un límite de consumo limitado mediante el reconocimiento de un pago menor (bonificación). Así se evita la opacidad de las tarifas que pagan los usuarios finales.
En cuanto a los topes o límites de consumo bonificados:
1) En el caso del gas natural: N1 no tiene topes. N3 mantiene vigentes los topes establecidos en la Resolución de la Secretaría de Energía nro. 686, según distribuidora. A los N2, se aplican los mismos topes de consumo que para los N3.
2) En energía eléctrica: N1 no tiene topes. N3, cantidad subsidiada de 250 kWh/mes, reemplazando los 400 kWh/mes; N2 tendrá un máximo de consumo subsidiable de 350 kWh/mes, dejando sin efecto el hecho de que estos usuarios no tenían ningún límite al consumo subsidiado, incentivando con esta medida el consumo eficiente y responsable.
Los nuevos topes de consumo para los usuarios eléctricos sin acceso al servicio de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes, ubicados en determinadas zonas bioclimáticas, sólo para el período del 1º de junio hasta el 31 de agosto de 2024, son: N3, 500 kWh/mes y N2, 700 kWh/mes.
Los consumos menores a los topes establecidos se denominan consumo base. Los consumos superiores a los topes establecidos anteriormente se considerarán consumos excedentes y se pagarán a los precios PIST y PEST fijados por la Secretaría de Energía, sin bonificación.
Por otro lado, las bonificaciones sobre los precios mayoristas que fija el Gobierno nacional, serán las siguientes:
1) Gas Natural: Para usuarios N1 no habrá bonificación, pagan el precio PIST (Punto de Ingreso al Sistema de Transporte) fijado por la Secretaría de Energía. Los N3, tendrán una bonificación de 55% del precio de gas en PIST, correspondiente al N1. El consumo excedente será valorizado al precio de gas en PIST, sin bonificación. Los N2, tendrán una bonificación de 64% del precio de gas en PIST. El consumo excedente será valorizado al precio definido para N1, sin bonificación
2) Energía Eléctrica: Para usuarios N1 no habrá bonificación, pagan el precio PEST fijado por la Secretaría de Energía. Los usuarios N3, tendrán una bonificación de 55,94% sobre el precio definido para el segmento N1. El consumo excedente será valorizado al precio definido para N1. Y los usuarios N2, tendrán una bonificación del 71,92% sobre el precio definido para el N1. El consumo excedente será valorizado al precio definido para N1, sin bonificación.
Se mantienen los regímenes de subsidios específicos como Tarifa Social y Zona Fría; y para las entidades de Bien Público, Clubes de Barrio y de Pueblo, y otras categorías de usuarios sin fines de lucro asimilables -en los términos de las Leyes No 27.218 y 27.098- se aplican las bonificaciones al precio de gas natural y energía eléctrica para N2 para el total del volumen consumido.
Informamos que los usuarios que ya hubieren solicitado su inclusión en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) no tendrán que volver a inscribirse.
En época de escasez y de ajuste de los recursos del Estado es necesario rever y reordenar los subsidios para contribuir al equilibrio fiscal sin descuidar la ayuda a los usuarios vulnerables.
Recordamos a los usuarios la importancia de hacer un uso eficiente y responsable de la energía, especialmente en épocas invernales como la actual.