El ENRE ordenó a EDENOR S.A. y a EDESUR S.A. a facturar el consumo real a PYMES e industrias
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad habilitó la lectura de medidores para usuarios T2 y T3, con el aval del Ministerio de Desarrollo Productivo.
La instrucción del organismo regulador a las concesionarias a cargo de la distribución de energía eléctrica del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) establece también la implementación de los protocolos sanitarios específicos presentados por las empresas, y el estricto cumplimiento de las instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y de cada jurisdicción.
A su vez, el ente de control estableció que las PYMES e industrias que hayan recibido facturas con consumos estimados con diferencias respecto al consumo real, podrán impugnar la facturación ante la empresa distribuidora, la cual deberá refacturar en base a la demanda real presentada por los usuarios y usuarias.
Esta medida se suma a la decisión del ENRE publicada en el día de ayer respecto a las estimaciones de consumo realizadas por EDENOR S.A. y EDESUR S.A. para los usuarios residenciales. Mediante la Resolución N° 27/2020, el organismo instruyó a las empresas distribuidoras a que realicen la estimación del consumo de usuarios y usuarias residenciales utilizando el menor registro de consumo correspondiente al mismo periodo de estimación de los últimos tres años (2017, 2018 y 2019), hasta tanto se reestablezca la actividad de lectura de medidores. El objetivo de estas medidas es proteger los derechos de los usuarios y usuarias, brindando certeza ante los problemas de facturación generados por las empresas distribuidoras.