Presidencia de la Nación

El ENRE aportó información en la causa que investiga a Lopetegui

Es por el acuerdo económico celebrado con EDENOR y EDESUR en 2019.

El Interventor del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), Lic. Federico Basualdo, instruyó a la Asesoría Jurídica del organismo a que presente en la causa “Lopetegui Gustavo y otros/ Malversación de caudales públicos”, que tramita en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 5 (Causa N° 5059/2019, Fiscal N° 27808/2019), los informes y la documentación respaldatoria de la auditoría realizada al “Acuerdo de Regularización de Obligaciones para la Transferencia de las Concesionarias a las Jurisdicciones locales” de fecha 10 de mayo de 2019, celebrado por el ex Secretario de Gobierno de Energía Gustavo Lopetegui y el ex Secretario de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico Juan Antonio Garade y las empresas EDENOR S.A. y EDESUR S.A.

Como resultado de la auditoría y revisión técnica, jurídica y económica que evalúa los aspectos regulados por la Ley N° 27.541 en materia energética, ordenada por el artículo 5° del Decreto N° 277/2020, la Intervención del organismo detectó irregularidades en el cálculo de las multas y otros montos que integran el objeto del acuerdo. La documentación presentada a la Justicia también aporta información concreta sobre la realización de una reunión secreta en 2019 donde el entonces Directorio del ENRE, encabezado por el ing. Andrés Chambouleyron, definió rechazar la instrucción del ex Secretario de Gobierno de Energía que disponía la ejecución del acuerdo.

En el marco del traspaso de jurisdicción del servicio público de energía eléctrica a las jurisdicciones de la provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Estado Nacional suscribió con las distribuidoras eléctricas EDENOR S.A. y EDESUR S.A. un acuerdo con el objeto de poner fin a una serie de disputas y obligaciones recíprocas generadas entre la suscripción de las Actas Acuerdo de renegociación contractual (2006) y la realización de la Revisión Tarifaria Integral (2016).

En el acuerdo se contabilizaron tanto las acreencias reclamadas por las Concesionarias al Estado nacional por el congelamiento tarifario (“Activo Regulatorio”), así como las deudas por Sanciones acumuladas por las empresas con el erario público (“Pasivo Regulatorio”). Para la cuantificación de estas obligaciones, la entonces Subsecretaría de Energía Eléctrica utilizó métodos de cálculo “ad hoc” (sin ninguna justificación técnica), que se apartaron de los mecanismos oficiales definidos para los correspondientes rubros, redundando en un beneficio para las concesionarias.

En este sentido, la auditoría del ENRE advierte que el método “ad hoc” utilizado para el cálculo del “Activo Regulatorio” invirtió el carácter de los resultados: las concesionarias pasaron de ser deudoras del Estado nacional a ser acreedoras. En efecto, si se emplea el mecanismo de cálculo oficial previsto en las Actas vigentes desde 2006, resulta que EDENOR S.A. le debería al Estado Nacional $ 10.898.123.312 y EDESUR S.A. $ 15.501.463.952.

En cuanto al “Pasivo Regulatorio”, las deudas de las concesionarias con el Estado fueron subvaluadas en un total de $ 9.453 millones de pesos para el caso de EDESUR S.A. y $ 7.731 millones de pesos para el caso de EDENOR S.A.

En la causa penal mencionada se investiga si Lopetegui y Garade realizaron “maniobras de administración presupuestaria que podrían haber generado beneficios económicos indebidos a favor de las concesionarias Edenor S.A. y Edesur S.A.”

En este sentido, la acción penal se sustenta en que, según la cláusula 5.4 de los Acuerdos Marco, para que las penalidades aplicadas a causa de deficiencias en la calidad o el servicio técnico puedan cambiar el destino original –bonificación a los usuarios afectados- y se conviertan en inversiones por parte de las Concesionarias debía darse una condición, que era superar los indicadores semestrales de calidad media, la cual no se habría dado, por lo que lo convenido en el Acuerdo resultaría ilegítimo.

Asimismo, en la causa se investiga si los montos dinerarios sujetos a acuerdo (Anexos II y III del Acuerdo) fueron correctamente calculados, en este sentido, la instrucción del Fiscal manifiesta que según la denuncia “…conforme a estimaciones generales, el total actualizado de sanciones pecuniarias ascendería a treinta y cinco mil millones de pesos ($35.000.000.000), lo que representaría devoluciones aproximadas de siete mil pesos ($7.000) por usuario. Sin embargo, el Gobierno Nacional, sin la intervención del ENRE, habría reconocido multas por siete mil millones de pesos ($7.000.000.000); esta última cifra significaría reintegros de alrededor de mil doscientos pesos ($1.200) por usuario.”

La información aportada por el ENRE presenta elementos de convicción que pueden colaborar en el esclarecimiento de la causa, permitiendo que se dejen sin efecto los acuerdos realizados.

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