El Código Penal, una historia de cambios parciales
Tal es así que las múltiples reformas que se hicieron sobre su parte general o especial ascienden a más de 900 “parches” que han afectado su coherencia original. El Código Penal Argentino fue sancionado mediante la ley n° 11.179 en septiembre de 1921, entrando en vigencia en 1922.
Un pequeño repaso histórico recuerda un primer esbozo de ley penal sistematizado que data de 1863. Luego llegó el Código de la provincia de Buenos Aires, que lleva el nombre de su redactor: el Código Tejedor. Sobre su base se adoptó el primer código nacional en 1886. Es decir que en realidad el primer Código Penal para la Nación (Ley 1920 – 07-12-1886) fue el sancionado sobre la base del proyecto de Tejedor, aunque no incluye la legislación penal en su totalidad.
Tras ello una comisión multipartidaria compuso un nuevo Código a principios de siglo, que luego resultaría sancionado en 1921 con amplia legitimidad. Ese texto, con todas las modificaciones parciales que contiene, es el que hoy está vigente.
El último intento de reforma integral se dio en 2014 cuando una comisión, integrada en mayo de 2012, elaboró un anteproyecto que no logró sortear el Congreso de la Nación. Aquella comisión estaba integrada por el entonces diputado Federico Pinedo; el exjuez de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni y los juristas Ricardo Gil Lavedra y León Arslanián y la exlegisladora socialista María Elena Barbagelata.
Otro intento de reforma integral se dio unos años antes, en diciembre de 2004, cuando mediante la resolución 303 del Ministerio de Justicia se ordenó a una comisión que elaborara el proyecto de ley de reforma y actualización integral del Código Penal. Ese grupo trabajó durante dos años pero finalmente no concluyó con el objetivo.
A estos se agrega el denominado Código Penal Justo, una iniciativa que presentara hace un tiempo el diputado nacional Sergio Massa y que, por ejemplo, tipificaba el delito de corrupción no siendo este excarcelable.
Modificaciones históricas
Dentro de las más de 900 modificaciones parciales que sufrió el Código Penal desde su sanción vale recordar una de las mayores y que fue impulsada mediáticamente luego del crimen de Axel Blumberg. En 2004, mediante varias leyes se agravaron las penas en los delitos tales como secuestros y violaciones seguidos de muerte y robos con armas. Además se limitó el acceso a la libertad condicional.
Cabe recordar que la Cámara en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en su momento declaró la inconstitucionalidad de algunas de esas modificaciones, como por ejemplo, el agravamiento de las penas por portación de armas de fuego de cualquier calibre puesto que se “vulnera el principio de culpabilidad”. Las penas que se establecieron en ese momento luego volvieron a ser modificadas.
Otra de las reformas parciales recordadas fue la incorporación en el Código Penal del delito de femicidio en 2012. Cuando en noviembre de ese año los diputados sancionaron definitivamente la ley, el agravante hizo constar en la ley la problemática que viene teniendo nuestro país con respecto a la violencia de género.
Infanticidio, calumnias e injurias que son historia
En 1994 el Congreso Nacional sancionó la ley 24.410 y derogó la figura del infanticidio, que atenuaba la pena a la madre que mata a su hijo mientras se encuentra bajo el puerperio. El cambio derivo en que quedara como un homicidio calificado, agravado por el vínculo.
Desde su eliminación del Código, gran cantidad de legisladores han intentado reincorporar la figura al Código Penal e incluso en 2010 se logró una media sanción que después no prospero. El recordado caso de Romina Tejerina fue el motor de muchos de estos pedidos que argumenta la inconveniencia de que esta figura no esté en el Código Penal.
Hasta hace no muchos años las calumnias e injurias no eran sólo una cuestión civil sino también un delito penal. Una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en 2008, que condenó internacionalmente al Estado argentino, derivó en que se deba derogar esta figura penal.
En 2010 el Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto que derogó las penas de prisión para los delitos de calumnias e injurias adecuando así la legislación argentina a la sentencia del tribunal internacional. En 2013 la CorteIDH dio “por concluido” y “archivó” el caso “Kimel” por el que había sido condenado el Estado en 2008.