Diisocianato de tolueno originario de Estados Unidos: abrió el examen por cambio de circunstancias
DUMPING - APERTURA DE EXAMEN
El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 1130/2024 declaró procedente la apertura del examen por cambio de circunstancias de la medida antidumping impuesta por la Resolución Nº 526 de fecha 6 de septiembre de 2021 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo para las operaciones de exportación hacia la Argentina de “Diisocianato de Tolueno 80:20, con tolerancias entre 82-78 y entre 18-22 de sus isómeros constitutivos”, originarias de los Estados Unidos.
En 2021 se fijó para el producto mencionado un derecho antidumping definitivo bajo la forma de un FOB mínimo de exportación de U$S 2.730,56 por tonelada, por el término de 5 años.
En octubre de este año, la firma PETROQUÍMICA RÍO TERCERO S.A. efectuó presentaciones por las que solicitó que se deje sin efecto dicha medida.
Por su parte, la Autoridad competente en el marco del Art. 52º del Decreto 1393/2008 dispuso de Oficio, la solicitud de inicio de un examen por cambio de circunstancias.
En este caso, conforme a los elementos existentes en esta etapa del procedimiento, la Autoridad de aplicación consideró procedente el inicio del examen.
Asimismo, dispuso suspender la aplicación de la medida establecida en el Artículo 2° de la Resolución N° 526/21 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo, hasta la finalización del presente examen.
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