Coronavirus COVID-19 - Licencia excepcional - DECAD 2020-371 APN JGM
Licencia excepcional para empleados y empleadas de la administración pública nacional que hayan llegado del exterior a partir del 6 de marzo. DA 2020-371 APN JGM
La Jefatura de Gabinete de Ministros dispuso otorgar una licencia excepcional a todas aquellas personas que prestan servicios en la Administración Pública Nacional que hayan ingresado al país provenientes del exterior a partir del 6 de marzo de 2020 inclusive. Mediante la disposición se indica la permanencia voluntaria en sus hogares por el término de 14 días.
Esta resolución está en línea con lo dispuesto por el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
La licencia excepcional es extensible a las personas que revistan en Plantas Permanentes, Plantas Transitorias, Personal de Gabinete, Contratos Temporarios, Locaciones de Servicios, y toda otra vinculación jurídica de prestación de servicios de carácter laboral y/o personal.
La licencia no afectará la normal percepción de las remuneraciones y/o honorarios normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les correspondiere percibir, ni se computará a los fines de considerar todo otro beneficio previsto normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder.
La licencia se extenderá desde el 06 de marzo de 2020 o, con posterioridad a su entrada en vigencia, desde el momento que se verifique el ingreso a la República Argentina y hasta tanto se otorgue el pertinente certificado médico que indique su alta médica en términos precisos e inequívocos.