Presidencia de la Nación

Con el objetivo de modernizar una normativa de 1921

Entre los grandes debates nacionales para dar se observan varios relacionados con reformas legislativas del Derecho Penal: Régimen Penal Juvenil y Código Procesal Penal. Opina Mariano Borinsky, juez de Casación Penal.

En el Sistema de juzgamiento Europeo-Continental, al cual Argentina adscribe, la principal fuente del derecho es la “norma”. Por otra parte, en el Common Law (de Estados Unidos y el Reino Unido), la fuerza legal está en el valor del precedente jurisprudencial. En el primero, el derecho vigente se orienta esencialmente en la norma (sin descuidar precedentes de las máximas instancias judiciales); en el segundo, la esencia es lo que los jueces dicen sobre el derecho. Por ello, resulta difícil sostener (y más aún, comprender) que el derecho vigente penal es lo que dice un cuerpo normativo (el CP) que tiene casi 100 años de antigüedad.

Vayamos a algunos números: fue sancionado en 1921, sufrió cerca de 900 reformas y tres proyectos -en los últimos 10 años- intentaron reformarlo pero no fueron aprobados.

Debemos aprender de esos intentos anteriores para entender por qué no prosperaron. Quizá por los temas controvertidos que debe abordar (reincidencia, limitación temporal de penas y aborto, entre otros).

Es un desafío enorme darle a la sociedad un nuevo contrato social que fije los delitos y las penas acorde a los tiempos que vivimos. En ese camino, fui distinguido con la convocatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, conjuntamente con otros magistrados jueces y fiscales nacionales y provinciales, profesores universitarios y más, para trabajar el tema

¿Cuál deberían ser las aspiraciones a cumplir? Lograr que CP sea un espejo de los intereses vitales de la sociedad actual, tipifique las nuevas modalidades delictivas, permita impartir justicia y una aplicación efectiva de la ley penal de modo tal que lo que se dicte se cumpla y -fundamental- brinde protección efectiva a la víctima.

Así, hay que tener en cuenta los proyectos previos, incluir la opinión de jueces, fiscales federales, nacionales y provinciales, porque son los actores que aplican el derecho vigente, escuchar a las Universidades, asociaciones civiles, y demás actores interesados.

Habría que unificar en un solo cuerpo normativo la totalidad de los delitos: desde delitos contra la humanidad, como el genocidio, hasta los económicos, como la evasión fiscal, el contrabando, el lavado de dinero. No deben quedar afuera los delitos organizados, como el narcotráfico, el terrorismo, la corrupción de funcionarios públicos y el fraude electoral, y deben sumarse los delitos informáticos y contra el medio ambiente, la trata de personas, la violencia de género, el tráfico de órganos, la defraudación en la práctica deportiva, por mencionar algunos.

En lo que atañe a la fijación de penas, hay un reclamo social por lograr que se cumpla la pena que se fija, y que ésta no se convierta en una utopía. Al respecto, debe haber una regulación específica de la reincidencia. A su vez, incorporar a la parte general la responsabilidad penal de las empresas, sociedades y organizaciones criminales y sancionarlas cuando corresponda

El decomiso del provecho e instrumentos del delito, junto a la recuperación de los fondos mal habidos en favor del Estado y con aplicación a un fin social es una forma de ir hacia la equidad.

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